Los resultados de los exámenes médicos y dentales y los datos sobre la asistencia médico-terapéutica y dental que reciba cada escolar, lo mismo que el estudio y resultado de la acción social que realice la visitadora escolar en el domicilio del niño, se anotarán en la libreta médico- escolar, elaborada por la Sección de Protección Infantil del Departamento Nacional de Higiene, y adoptada y distribuida por el Ministerio de Educación para todos los servicios médico-dentales escolares del país. En cada escuela debe conservarse la libreta de cada uno de los alumnos, para la inscripción en ella de los datos de los exámenes y servicios que se le hayan prestado durante los años de su asistencia a la escuela.
Article 16
Los Resultados De Los Exámenes Médicos Y Dentales Y Los Datos Sobre La Asistencia Médico-Terapéutica Y Dental Que Reciba Cada Escolar, Lo Mismo Que El Estudio Y Resultado De La Acción Social Que Realice La Visitadora Escolar En El Domicilio Del Niño, Se Anotarán En La Libreta Médico- Escolar, Elaborada Por La Sección De Protección Infantil Del Departamento Nacional De Higiene, Y Adoptada Y Distribuida Por El Ministerio De Educación Para Todos Los Servicios Médico-Dentales Escolares Del País
Decreto 2448 de 1936 · Por el cual se aprueba una resolución del Departamento Nacional de Higiene
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