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Article 7

Movilización

Ley 2206 de 2022 · por medio del cual se incentiva el uso productivo de la guadua y el bambú y su sostenibilidad ambiental en el territorio Nacional.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Para efectos de la movilización de los productos en primer grado de transformación de guaduales y bambusales de categorías 1 y 2, se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución número 1909 de 2017 y demás normas que las modifiquen, sustituyan o deroguen. Para la movilización de los productos en primer grado de transformación obtenidos por el aprovechamiento de guaduales y bambusales categoría 3, se implementará un salvoconducto único nacional por parte del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) en los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, con fundamento en la Ley 1955 de 2019 y demás normas que lo modifiquen, sustituyan o deroguen.

Parágrafo

Si se trata de guadua seca proveniente de plantas de preservación que apliquen productos para el control fitosanitario, se requerirá remisión o factura e implementar el libro de operaciones.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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