Será beneficiario de la Prima de Desminado y Disposición de Artefactos Explosivos, el personal de la Fuerza Pública que ostente alguno de los siguientes grados y que cumpla con los requisitos establecidos en el presente acto administrativo para su reconocimiento: a. Oficiales: Capitán, Teniente o Subteniente en las Fuerzas Militares.
b. Suboficiales: Sargento Primero, Técnico Subjefe, Sargento Viceprimero, Técnico Primero, Sargento Segundo, Técnico Segundo, Cabo Primero, Técnico Tercero, Cabo Segundo, Técnico Cuarto y Cabo Tercero, Aerotécnico en las Fuerzas Militares.
c. Soldados profesionales e infantes de marina profesionales de las Fuerzas Militares.
d. Personal del Nivel Ejecutivo de la Policia Nacional en los grados de subcomisario, intendente jefe, intendente, subintendente y patrullero Así mismo, los patrulleros de policía.