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Article 24

Permiso Especial

Decreto 2535 de 1993 · por el cual se expiden normas sobre armas, municiones y explosivos.

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1 ruling reviewed it
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Text of the article

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Permiso especial. Es aquel que se expide para la tenencia o para porte de armas destinadas a la protección de misiones diplomáticas o funcionarios extranjeros legalmente acreditados.

Cuando la concesión del permiso se haga a nombre de la misión diplomática, la vigencia será de cuatro (4) años. Tratándose de permisos concedidos a nombre de un funcionario, su vigencia será hasta por el término de su misión.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 24. Permiso especial. Es aquel que se expide para la tenencia o para porte de armas destinadas a la protección de misiones diplomáticas o funcionarios extranjeros legalmente acreditados.

Cuando la concesión del permiso se haga a nombre de la misión diplomática, la vigencia será de cuatro (4) años. Tratándose de permisos concedidos a nombre de un funcionario, su vigencia será hasta por el término de su misión.

02

Constitutional history

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  1. 1995
    C-296/95Constitutional reviewUPHELD
1 ruling · source: the operative part of each ruling
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