° El personal que haya recibido indemnización por incapacidad permanente total, y el que haya recibido medio sueldo durante seis (6) meses por sufrir de uña enfermedad orgánica, y que pueda recaer, no será recibido en las obras públicas nacionales; y si por inadvertencia lo fuere, será suspendido cuando el hecho se descubra. Para este efecto, el Departamento de Sanidad llevará un libro en que se anotará el nombre del trabajador lesionado, la lesión o enfermedad y la graduación de la incapacidad, la que debe hacerse de acuerdo con la tabla de valuaciones elaborada por el Departamento Nacional del Trabajo, y el valor de la indemnización.
Decreto 1677 de 1940 →In force
Article 2
El Personal Que Haya Recibido Indemnización Por Incapacidad Permanente Total, Y El Que Haya Recibido Medio Sueldo Durante Seis (6) Meses Por Sufrir De Uña Enfermedad Orgánica, Y Que Pueda Recaer, No Será Recibido En Las Obras Públicas Nacionales; Y Si Por Inadvertencia Lo Fuere, Será Suspendido Cuando El Hecho Se Descubra
Decreto 1677 de 1940 · Por el cual se modifica el Decreto número 190 de 1939
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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