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Article 32

Decreto 2061 de 1999 · por el cual se promulgan unos tratados internacionales

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Información y estudios

1.

La Organización actuará como centro para la reunión y publicación de información estadística y de estudios sobre la producción, los precios, las exportaciones e importaciones, el consumo y las existencias de azúcar (incluidos tanto el azúcar crudo como el azúcar refinado según el caso) y otros edulcorantes, y los impuestos sobre el azúcar y otros edulcorantes en el mundo.

2.

Los Miembros se comprometen a suministrar dentro del plazo que se prescriba en el reglamento todas las estadísticas de que dispongan y toda la información que según dicho reglamento sean necesarias para que la organización pueda desempeñar las funciones que le confiere el presente Convenio. Si fuere necesario, la organización utilizará la información pertinente que pueda obtener de otras fuentes. La organización no publicará ninguna información que pueda servir para identificar las operaciones de personas o compañías que produzcan, elaboren o comercialicen azúcar.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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