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Article 17

El Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social A Través De La Subdirección Técnica De Servicios Y Gestión De Empleo, Mediante Resolución Motivada, Autorizará El Funcionamiento De Las Empresas De Servicios Temporales Que Cumplan Con Los Requisitos Exigidos En La Ley 50 De 1990 Y Sus Reglamentos, Para Lo Cual Tendrá Un Término De Treinta (30) Días Calendario, Contados A Partir De La Fecha De Radicación De La Solicitud Correspondiente En La Dependencia Citada

Decreto 24 de 1998 · por el cual se reglamenta el ejercicio de la actividad de las empresas de servicios temporales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a través de la Subdirección Técnica de Servicios y Gestión de Empleo, mediante resolución motivada, autorizará el funcionamiento de las Empresas de Servicios Temporales que cumplan con los requisitos exigidos en la Ley 50 de 1990 y sus reglamentos, para lo cual tendrá un término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de radicación de la solicitud correspondiente en la dependencia citada.

Parágrafo

La solicitud podrá ser radicada en las diferentes dependencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el país. Cuando así se hiciera, éstas deberán remitir dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes la documentación. En estos eventos se descontará el término de la distancia.

02

Constitutional history

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