En Tratándose De Autopsias Médico-Legales, La Presunción Legal De Donación A Que Se Refiere El Artículo Anterior Ocurre Cuando Las Mismas Se Inician, Es Decir Cuando El Médico Autorizado Para Practicarlas Efectúa Con Tal Propósito La Observación, Del Cadáver
Decreto 1172 de 1989 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título IX de la Ley 09 de 1979, en cuanto a la obtención, preservación, almacenamiento, transporte, destino y disposición final de órganos o componentes anatómicos y los procedimientos para trasplantes de los mismos en seres humanos, así como la Ley 73 de 1988
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En tratándose de autopsias médico-legales, la presunción legal de donación a que se refiere el artículo anterior ocurre cuando las mismas se inician, es decir cuando el médico autorizado para practicarlas efectúa con tal propósito la observación, del cadáver. Para los efectos del
Parágrafo
del artículo 4º de la Ley 73 de 1988 la Dirección General de Medicina Legal determinará la manera de ejercer la custodia de la extracción de componentes anatómicos de un cadáver para fines de trasplantes u otros usos terapéuticos, cuando el procedimiento no sea realizando por un médico legista.
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Constitutional history
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