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Article 91

Decreto 2092 de 1986 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos VI y XI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a elaboración, envase o empaque, almacenamiento, transporte y expendio de Medicamentos, Cosméticos y similares

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01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Junto con la solicitud deberá suministrarse una información técnica, por duplicado, del producto que comprenda

a)

Nombre del producto;

b)

Nombre del propietario;

c)

Nombre de la industria fabricante indicando si es elaborado por contrato, según el caso;

d)

La indicación sobre si la solicitud de registro es para fabricar o vender o para importar y vender;

e)

La presentación comercial del producto;

f)

El material del cual está hecho el equipo, indicando su tipo o calidad;

g)

La descripción del proceso de elaboración;

h)

Los usos y las precauciones para su uso;

i)

Las pruebas de control de calidad a las cuales se somete la materia prima y el producto terminado, indicando los valores o rangos de los mismos.

Parágrafo

La información técnica deberá estar en español y firmada por la persona responsable de la fabricación. Sección 5 DISPOSICIONES VARIAS

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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