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Article 25

Después De La Primera Inspección Verificada Por El Ministerio De Correos Y Telégrafos, Los Peticionarios Sólo Podrán Hacer Modificaciones Al Equipo De Las Estaciones Radiodifusoras Comerciales Que No Impliquen Alteración A La Frecuencia O Potencia Autorizada

Decreto 1044 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 198 de 1936

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01

Text of the article

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Después de la primera inspección verificada por el Ministerio de Correos y Telégrafos, los peticionarios sólo podrán hacer modificaciones al equipo de las estaciones radiodifusoras comerciales que no impliquen alteración a la frecuencia o potencia autorizada. Queda obligado el peticionario a tener a la vista en el lugar ocupado por el transmisores diagrama de conexiones aprobado y los de las modificaciones que se hayan autorizado por el Ministerio y ejecutado posteriormente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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