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Article 43

Cotización : Los Afiliados Y Los Beneficiarios De La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares Y Los Herederos De Los Últimos, Cotizaran A La Caja Con El 8% Del Sueldo Básico Y De La Asignación De Retiro Respectivamente

Decreto 528 de 1977 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares

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Text of the article

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Articulo 43. Cotización : los afiliados y los beneficiarios de la caja de Retiro de las fuerzas militares y los herederos de los últimos, cotizaran A la caja con el 8% del sueldo básico y de la asignación de retiro Respectivamente. El producto de estas cotizaciones constituye renta propia de la caja y podrá ser destinado a gastos de inversión y de funcionamiento de la caja, de acuerdo con lo que al efecto determine la junta directiva en el presupuesto de rentas y gastos de cada año fiscal.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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