º Los magistrados del Consejo Superior tomarán posesión de sus cargos ante el Presidente de la República y permanecerán en el ejercicio de aquéllos por todo el tiempo para el cual fueron elegidos, mientras observen buena conducta, tengan rendimiento satisfactorio y no hayan llegado a la edad de retiro forzoso.
Article 3
º Los Magistrados Del Consejo Superior Tomarán Posesión De Sus Cargos Ante El Presidente De La República Y Permanecerán En El Ejercicio De Aquéllos Por Todo El Tiempo Para El Cual Fueron Elegidos, Mientras Observen Buena Conducta, Tengan Rendimiento Satisfactorio Y No Hayan Llegado A La Edad De Retiro Forzoso
Decreto 2652 de 1991 · por el cual se adoptan medidas administrativas para el funcionamiento del Consejo Superior de la Judicatura.
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