La cesión de los derechos que puedan corresponder al denunciante de un bien oculto, en lo que hace relación a la participación y a las obligaciones contractuales, no tendrá efecto legal sino en el caso en que el cesionario haya afianzado las obligaciones en que se subroga, con una fianza a satisfacción del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Article 25
La Cesión De Los Derechos Que Puedan Corresponder Al Denunciante De Un Bien Oculto, En Lo Que Hace Relación A La Participación Y A Las Obligaciones Contractuales, No Tendrá Efecto Legal Sino En El Caso En Que El Cesionario Haya Afianzado Las Obligaciones En Que Se Subroga, Con Una Fianza A Satisfacción Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público
Decreto 975 de 1924 · Por el cual se reglamenta el procedimiento administrativo en el denuncio de bienes ocultos del Estado
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.