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Article 1

Para Efectos De La Autorización Prevista En El Artículo 9° Del Decreto-Ley 2969 De 1960, Las Personas Que Habitualmente Se Dediquen Al Corretaje De Valores Sin Ser Miembros De Alguna Bolsa, Deberán Presentar A La Superintendencia Bancaria A Más Tardar El 30 De Junio Del Año En Curso, Una Solicitud En Que Se Conste Lo Siguiente: A) Nombre Y Apellido Completos Del Solicitante, O En El Caso De Que Se Trate De Una Sociedad, La Razón Social De Ésta, Objeto Y Nombres De Sus Socios, Con Indicación Del Número De La Escritura Pública Por Medio De La Cual Se Constituyó; B) Nacionalidad Y Domicilio Principal De Sus Negocios; C) Tiempo Que Lleva Ejerciendo El Corretaje De Valores; D) Bancos Con Que Trabaja Y Agentes De Cambio O Firmas De Corredores Con Que Habitualmente Negocia; E) Personas Legalmente Autorizadas Para Firmar En Su Nombre; F) Otras Actividades O Negocios A Los Que Ordinariamente Se Dedica, Y G) Capital Vinculado Al Negocio De Valores Y Forma Como Él Está Representado

Decreto 482 de 1961 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2969 de 1960

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01

Text of the article

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° Para efectos de la autorización prevista en el artículo 9° del Decreto-ley 2969 de 1960, las personas que habitualmente se dediquen al corretaje de valores sin ser miembros de alguna bolsa, deberán presentar a la Superintendencia Bancaria a más tardar el 30 de junio del año en curso, una solicitud en que se conste lo siguiente

a)

Nombre y apellido completos del solicitante, o en el caso de que se trate de una sociedad, la razón social de ésta, objeto y nombres de sus socios, con indicación del número de la escritura pública por medio de la cual se constituyó;

b)

Nacionalidad y domicilio principal de sus negocios;

c)

Tiempo que lleva ejerciendo el corretaje de valores;

d)

Bancos con que trabaja y agentes de cambio o firmas de corredores con que habitualmente negocia;

e)

Personas legalmente autorizadas para firmar en su nombre;

f)

Otras actividades o negocios a los que ordinariamente se dedica, y

g)

Capital vinculado al negocio de valores y forma como él está representado.

Parágrafo

Junto con la solicitud a que se refiere el presente artículo, los interesados deberán presentar a la Superintendencia Bancaria, para su aprobación, el reglamento y la tarifa de su negocio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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