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Article 24

En La Forma Señalada En El Artículo Anterior Para La Designación De Los Representantes Y Suplentes De Las Compañías Se Procederá Para La Elección De Los Dos Representantes Y Los Suplentes De Los Agentes Autorizados, De Listas Enviadas Por Éstos Antes Del 15 De Diciembre De Cada Año

Decreto 837 de 1967 · Por el cual se reglamenta la Ley 65 de 1966

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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En la forma señalada en el artículo anterior para la designación de los representantes y suplentes de las compañías se procederá para la elección de los dos representantes y los suplentes de los agentes autorizados, de listas enviadas por éstos antes del 15 de diciembre de cada año.

Parágrafo

Las asociaciones gremiales de agentes de seguros con personería jurídica también quedan facultadas para enviar ternas a que se refiere este artículo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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