Para ordenar las remesas y conocer el monto de la deuda originada en cada Departamento, se llevará en la Sección de Contabilidad del Ministerio de Hacienda y Tesoro un registro especial para cada Departamento, y al disponer los pagos se dará preferencia á los créditos más antiguos y á los de instrucción pública y de Alcaldías.
Article 20
Para Ordenar Las Remesas Y Conocer El Monto De La Deuda Originada En Cada Departamento, Se Llevará En La Sección De Contabilidad Del Ministerio De Hacienda Y Tesoro Un Registro Especial Para Cada Departamento, Y Al Disponer Los Pagos Se Dará Preferencia Á Los Créditos Más Antiguos Y Á Los De Instrucción Pública Y De Alcaldías
Decreto 527 de 1909 · Por el cual se reglamenta la Ley 8a del presente año sobre descentralización administrativa
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