º El manejo de los depósitos que constituyan las Compañías de Navegación de conformidad con lo dispuesto en este Decreto, como también la comprobación de los gastos que con cargo a ellos se hagan, rendición de cuentas y demás operaciones y tramitaciones de orden fiscal, se sujetarán a las disposiciones de la Contraloría General de la República actualmente vigentes sobre el particular y a las que posteriormente dicte al respecto. Comuníquese y publíquese.
Article 4
El Manejo De Los Depósitos Que Constituyan Las Compañías De Navegación De Conformidad Con Lo Dispuesto En Este Decreto, Como También La Comprobación De Los Gastos Que Con Cargo A Ellos Se Hagan, Rendición De Cuentas Y Demás Operaciones Y Tramitaciones De Orden Fiscal, Se Sujetarán A Las Disposiciones De La Contraloría General De La República Actualmente Vigentes Sobre El Particular Y A Las Que Posteriormente Dicte Al Respecto
Decreto 1784 de 1947 · por el cual se reglamenta el pago de gastos que efectúa el Terminal Marítimo y Fluvial de Barranquilla por cuenta de las Campañías de Navegación.
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