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Article 10

Decreto 1140 de 1999 · por el cual se transforma el Instituto Colombiano de Energía Eléctrica, ICEL, en el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Despacho del director. Son funciones del Despacho del Director las siguientes

a)

Dirigir, orientar, coordinar, vigilar y ejecutar las funciones que le son asignadas de manera general al Instituto, en este decreto y en la Ley;

b)

Dirigir, coordinar y vigilar la gestión de todas las dependencias del Instituto;

c)

Dirigir y orientar la formulación de los planes, programas y proyectos del Instituto, en coordinación con las entidades encargadas de ejecutar obras y proyectos de desarrollo territorial;

d)

Proponer para la aprobación del Gobierno Nacional la organización interna y la planta de personal de la entidad;

e)

Presentar al Consejo Directivo los proyectos de contratos de concesión o cualquier otro contrato de infraestructura energética;

f)

Suscribir a nombre del Instituto los contratos relativos a asuntos propios del Instituto de conformidad con la Ley y las Normas vigentes;

g)

Vigilar la ejecución del presupuesto correspondiente al Instituto. Revisar y aprobar las solicitudes que envíe el Instituto a la Dirección General de Presupuesto en relación con el presupuesto de la entidad;

h)

Presentar al Consejo Directivo informes periódicos sobre la gestión general del Instituto y sobre asuntos específicos;

i)

Declarar las emergencias energéticas que se presenten en el área de su competencia;

j)

Ejecutar los planes, programas y proyectos elaborados para el cumplimiento de los objetivos del Instituto;

k)

Revisar y aprobar los anteproyectos del presupuesto de inversión y de funcionamiento, incluyendo los recursos del crédito público interno y externo que se contemplen para el Instituto;

l)

Adelantar las gestiones necesarias para garantizar el cierre financiero de los proyectos del Instituto;

m)

Crear y organizar con carácter permanente o transitorio grupos internos de trabajo con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de la entidad;

n)

Distribuir los cargos de la planta de personal global de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas;

o)

Dirigir y coordinar lo relacionado con el control interno y disciplinario, y el control interno de la entidad;

p)

Las demás que le sean asignadas por la Ley, los Estatutos y el Consejo Directivo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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