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Article 15

Decreto 3230 de 2002 · por el cual se aprueba la enajenación y el programa de venta de las acciones de Fiduciaria FES S.A., de propiedad del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras Fogafín.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Aprobación previa de la Superintendencia Bancaria . Con el propósito de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 305 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, las personas que pretendan adquirir directa o indirectamente un porcentaje igual o superior al 5% de las acciones de la sociedad Fiduciaria FES S.A. -Fidufés-, deberán obtener previamente autorización a la Superintendencia Bancaria para llevar a cabo la respectiva adquisición. Así mismo, se requerirá dicha aprobación cuando teniendo un porcentaje igual o superior al antes indicado, el mismo pueda incrementarse como consecuencia de la aceptación a la oferta. Todo lo anterior de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero o en las leyes que lo modifiquen o sustituyan.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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