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Article 23

Decreto 1873 de 1996 · Por el cual se reglamenta la Ley 51 de 1986 y se dictan normas de ética profesional para los ingenieros electricistas, mecánicos y profesiones afines

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01

Text of the article

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Competencia leal. El ingeniero solo usará métodos de competencia leal con los colegas. Para dar cumplimiento a lo anterior deberá: Abstenerse de compartir con otro profesional o entidad sobre la base de cobrar menos por un trabajo, después de conocer sus precios o sus ofertas. Abstenerse de imponer o sugerir condiciones o datos estimativos irreales, con el objeto de obtener beneficios para sí o para terceros. Ejercer la profesión la profesión y competir con los colegas sobre la base de los méritos y calidades y calidades propias , sin hacer uso de influencia o ventajas impropias, indebidas, o ajenas a sus condiciones o méritos personales. Abstenerse de realizar actos o competencias desleal, de acuerdo con las normas previstas en la ley 256 de 1996 o a las disposiciones que las modifiquen, deroguen o complementen.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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