El fiscal solicitará al Juez de Control de Garantías imponer medida de aseguramiento, indicando la persona, el delito, los elementos de conocimiento necesarios para sustentar la medida y su urgencia, los cuales se evaluarán en audiencia permitiendo a la defensa la controversia pertinente. Escuchados los argumentos del fiscal, el ministerio público, la víctima o su apoderado y la defensa, el juez emitirá su decisión. La presencia del defensor constituye requisito de validez de la respectiva audiencia. La víctima o su apoderado podrán solicitar al Juez de Control de Garantías, la imposición de la medida de aseguramiento, en los eventos en que esta no sea solicitada por el fiscal. En dicho caso, el Juez valorará los motivos que sustentan la no solicitud de la medida por parte del Fiscal, para determinar la viabilidad de su imposición.
Ley 906 de 2004 →Amended
Article 306
Solicitud De Imposición De Medida De Aseguramiento
Ley 906 de 2004 · por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.
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3 rulings reviewed it2 conditionally upheld
01
Text of the article
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02
Constitutional history
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- 2005C-1154/05Constitutional review · «" Los Elementos De Conocimiento Necesarios Para Sustentar La Medida" Y "los Cuales Se Evaluarán En Audiencia Permitiendo A La Defensa La Controversia Pertinente "»UPHELD
- 2007C-209/07Constitutional reviewUPHELD· conditionally
- 2025C-278/25Constitutional reviewUPHELD· conditionally
3 rulings · source: the operative part of each ruling