Evaluación sobre la pertinencia y contenido de las medidas complementarias . Cuando la situación de amenaza amerite el traslado de la víctima o testigo y/o se afecten de manera decidida sus derechos o los de su grupo familiar a la educación, la salud y la estabilidad emocional, el Grupo Técnico de Evaluación de Riesgo- GTER, remitirá el caso al Grupo Departamental de Medidas Complementarias, a fin de asegurar las acciones de garantía de restitución de los derechos afectados y de preservar el bienestar personal y familiar. El Grupo Departamental de Medidas Complementarias valorará la asignación de medidas complementarias, a fin de asegurar los medios necesarios, en el marco de las competencias institucionales, garantizar la protección de los demás derechos afectados, brindar la asistencia psicológica a la persona amenazada y a su familia y asegurar la debida orientación jurídica, en el marco de la Ley 975, para la reclamación de sus derechos y el acceso a la justicia. CAPÍTULO VI Terminación de la Protección
Decreto 1737 de 2010 →In force
Article 33
Decreto 1737 de 2010 · por el cual se modifica el Programa de Protección para Víctimas y Testigos de la Ley 975 de 2005, creado mediante el Decreto 3570 de 2007.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.