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Article 41

Decreto 1091 de 1995 · por el cual se expide el Régimen de Asignaciones y Prestaciones para el personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, creado mediante Decreto 132 de 1995.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Servicios médico-asistenciales . El personal del nivel ejecutivo en servicio activo y sus beneficiarios, tienen derecho a que el Sistema General de Salud de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional les preste los servicios establecidos en el Plan Integral de Salud de que trata el artículo 11 del Decreto 1301 de 1994 y demás normas que lo modifiquen o adicionen.

Parágrafo 1

Para el personal de suboficiales y agentes de la Policía Nacional, que haya ingresado o ingrese al nivel ejecutivo, serán beneficiarios todas las personas a quienes se reconocía dicho carácter, conforme al régimen legal vigente en el momento de su tránsito a la nueva carrera.

Parágrafo 2

El derecho a los servicios médico-asistenciales para los beneficiarios, se extinguirá por las causas establecidas en el Decreto 1301 de 1994 y demás normas que lo modifiquen y adicionen.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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