Los Capitanes tienen el deber de entregar al Intendente ó al Comisario inspector del puerto, antes de solicitar permiso para cargar ó descargar, los documentos que son de su cargo, á saber: copia del sobordo, copia del rol de la tripulación, Copia del diario de navegación y la lista de pasajeros.
Article 26
Los Capitanes Tienen El Deber De Entregar Al Intendente Ó Al Comisario Inspector Del Puerto, Antes De Solicitar Permiso Para Cargar Ó Descargar, Los Documentos Que Son De Su Cargo, Á Saber: Copia Del Sobordo, Copia Del Rol De La Tripulación, Copia Del Diario De Navegación Y La Lista De Pasajeros
Decreto 899 de 1907 · Por el cual se reglamenta la inspección de las empresas de navegación fluvial y se establece la matrícula de las embarcaciones que naveguen en los ríos de la Nación
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Constitutional history
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