El alumno responsable de intentar ó realizar cualquier acto de insubordinación, ó de impedir con violencia la ejecución del Reglamento ó las órdenes emanadas de las autoridades de la Escuela, será expulsado inmediatamente por el Rector, y en ninguna época podrá ser de nuevo admitido en el establecimiento. Son actos de insubordinación la desobediencia inmediata á la orden dé un superior ó Catedrático, las respuestas ofensivas por su naturaleza ó modo de darlas, las faltas colectivas á clases ó actos de comunidad, los rumores ó alborotos colectivos y todo acto que tienda á relajar la disciplina.
Decreto 804 de 1911 →In force
Article 38
El Alumno Responsable De Intentar Ó Realizar Cualquier Acto De Insubordinación, Ó De Impedir Con Violencia La Ejecución Del Reglamento Ó Las Órdenes Emanadas De Las Autoridades De La Escuela, Será Expulsado Inmediatamente Por El Rector, Y En Ninguna Época Podrá Ser De Nuevo Admitido En El Establecimiento
Decreto 804 de 1911 · Sobre Estatutos de la Escuela Nacional de Minas de Medellín
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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