°. A partir del 1° de marzo de 1999, el impuesto global a la gasolina regular a que hace referencia el primer inciso del artículo 59 de la Ley 223 de 1995, se será de trescientos ochenta y cinco pesos con cincuenta centavos ($385.50).
Article 4
A Partir Del 1° De Marzo De 1999, El Impuesto Global A La Gasolina Regular A Que Hace Referencia El Primer Inciso Del Artículo 59 De La Ley 223 De 1995, Se Será De Trescientos Ochenta Y Cinco Pesos Con Cincuenta Centavos ($385
Decreto 2649 de 1998 · por el cual se reajustan los valores absolutos expresados en moneda nacional en las normas relativas a los impuestos sobre la renta y complementarios, sobre las ventas, al impuesto de timbre nacional, para el año gravable de 1999 y se dictan otras disposiciones.
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