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Article 5

La Ratificación De Que Trata El Artículo Anterior, Se Hará Constar En Un Acta Que Contendrá La Siguiente Información: A) Nombre, Documento De Identidad, Lugar Y Fecha De Nacimiento Del Interesado Y De Sus Padres; B) Número Y Fecha De La Carta De Naturaleza O De La Resolución Que Le Extendió El Derecho A La Nacionalidad; C) Fecha Y Autoridad Ante La Cual Se Efectuó La Inscripción O Se Prestó El Juramento A Que Se Refiere El Artículo 2º; D) Manifestación De La Voluntad De Persistir Siendo Colombiano, Expresada Bajo Juramento O Protesta Solemne Si Su Religión No Le Permite Jurar

Decreto 2247 de 1983 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 22 Bis de 1936, se crea la Comisión para Asuntos de Nacionalidad y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º La ratificación de que trata el artículo anterior, se hará constar en un acta que contendrá la siguiente información

a)

Nombre, documento de identidad, lugar y fecha de nacimiento del interesado y de sus padres;

b)

Número y fecha de la carta de naturaleza o de la resolución que le extendió el derecho a la nacionalidad;

c)

Fecha y autoridad ante la cual se efectuó la inscripción o se prestó el juramento a que se refiere el artículo 2º;

d)

Manifestación de la voluntad de persistir siendo colombiano, expresada bajo juramento o protesta solemne si su religión no le permite jurar. El acta deberá ser suscrita por el Alcalde, el interesado y el Secretario de la Alcaldía, quien deberá enviar copias auténticas de la misma a la División de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Registraduría Nacional del Estado Civil, al Departamento Administrativo de Seguridad y a la autoridad ante la cual se haya surtido la diligencia de juramento de que trata el artículo 2º.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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