JurídicoESEN

Article 6

En Las Solicitudes De Pensión De Jubilación Deberá Acreditarse: A) La Edad Del Solicitante, Para Cuyo Efecto Se Presentará La Respectiva Partida De Nacimiento O Bautismo; B) El Tiempo De Servicio; C) No Haber Sido Separado El Peticionario Del Ejercicio De Su Empleo, En Ningún Tiempo, Por Causa De Mala Conducta O Faltas En El Servicio, O Sea El Incumplimiento De Los Deberes Que Señalo A Los Empleados Administrativos El Artículo 18 Del Decreto 2091 De 1939; D) Que Se Halla En El Caso Del Articulo 17 De La Ley 2° De 1932

Decreto 1295 de 1941 · Por el cual se reglamentan las funciones de la Caja de Auxilios en los ramos Postal y Telegráfico, de acuerdo con lo dispuesto por las Leyes 2ª de 1932, 70 de 1937 y 263 de 1983

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

°. En las solicitudes de pensión de jubilación deberá acreditarse

a)

La edad del solicitante, para cuyo efecto se presentará la respectiva partida de nacimiento o bautismo;

b)

El tiempo de servicio;

c)

No haber sido separado el peticionario del ejercicio de su empleo, en ningún tiempo, por causa de mala conducta o faltas en el servicio, o sea el incumplimiento de los deberes que señalo a los empleados administrativos el artículo 18 del Decreto 2091 de 1939;

d)

Que se halla en el caso del articulo 17 de la Ley 2° de 1932.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1295 de 1941