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Article 118

Decreto 3192 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 9ª de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación, envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional

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01

Text of the article

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Articulo 118 . Autoridades competentes . los funcionarios de la división de vigilancia de productos bioquímicos del ministerio de salud y los funcionarios autorizados de los servicios seccionales de salud o sus delegados, podrán imponer las medidas sanitarias de seguridad, mediante acta detallada, por triplicado que suscribirán el funcionario y las personas que intervengan en la diligencia, una copia se entregará a la persona que se encuentre en el establecimiento y otra se remitirá a la división de vigilancia de productos bioquímicos del ministerio de salud para efectos de control y vigilancia sanitaria.

Parágrafo

En el evento de que la persona que se encuentre en el establecimiento, se negare a firmar el acta, se dejara constancia de tal hecho en ella.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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