Citando en la práctica de una Junta Médico Científica se encuentren al examinado-lesiones o afecciones que disminuyan su capacidad sicofísica, e interfieran en la prestación regular del servicio, la Dirección de Sanidad de la respectiva Fuerza autorizará la práctica de una Junta-Médico-Laboral para definirle su situación.
Article 23
Citando En La Práctica De Una Junta Médico Científica Se Encuentren Al Examinado-Lesiones O Afecciones Que Disminuyan Su Capacidad Sicofísica, E Interfieran En La Prestación Regular Del Servicio, La Dirección De Sanidad De La Respectiva Fuerza Autorizará La Práctica De Una Junta-Médico-Laboral Para Definirle Su Situación
Decreto 3049 de 1981 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto número 1836 de 1979, que determina las normas relativas a la capacidad sicofísica, las incapacidades, invalideces e indemnizaciones del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, Soldados, Grumetes, Agentes, Alumnos de las Escuelas de Formación y Personal Civil del Ministerio Defensa y de la Policía Nacional
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