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Article 2

En Los Contratos A Que Se Refiere El Artículo Anterior Debe Estipularse Que Los Planos, Estudios Y Presupuestos De La Obra Sean Sometidos A La Aprobación Del Ministerio De Obras Públicas, Lo Mismo Que Las Tarifas Y Reglamentos De La Respectiva Vía

Decreto 1077 de 1925 · Por el cual se reglamenta la manera de pagar las subvenciones decretadas por la Ley 66 de 1923

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01

Text of the article

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° En los contratos a que se refiere el artículo anterior debe estipularse que los planos, estudios y presupuestos de la obra sean sometidos a la aprobación del Ministerio de Obras Públicas, lo mismo que las tarifas y reglamentos de la respectiva vía.

Parágrafo

Es condición previa indispensable para la celebración de dichos contratos, que las solicitudes de subvención vengan acompañadas de un plano general de la región que va a servir la nueva vía, con la anotación del trazo aproximado de ésta y una memoria justificativa de la necesidad y conveniencia de construirla.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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