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Article 9

Son Justas Causas Para Dar Por Terminado El Contrato, Sin Previo Aviso: 1º Toda Injuria Grave O Maltratamiento Inferido Por Una De Las Partes A La Otra, O A Sus Allegados, O Al Personal Del Establecimiento O Empresa; 2º Todo Daño Material Grave Causado A La Otra Parte O Cualquier Acto Que Manifieste Exteriormente El Propósito De Causarlo; 3º Toda Culpa Grave Que, Con Ocasión Del Trabajo, Comprometa La Seguridad De Las Personas O De Las Cosas

Decreto 652 de 1935 · Por el cual se reglamenta la Ley 10 de 1934, en lo relativo a los derechos de los empleados particulares

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01

Text of the article

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º. Son justas causas para dar por terminado el contrato, sin previo aviso: 1º Toda injuria grave o maltratamiento inferido por una de las partes a la otra, o a sus allegados, o al personal del establecimiento o empresa; 2º Todo daño material grave causado a la otra parte o cualquier acto que manifieste exteriormente el propósito de causarlo; 3º Toda culpa grave que, con ocasión del trabajo, comprometa la seguridad de las personas o de las cosas.

Parágrafo

Si fuere el patrono el que hubiere dado ocasión para la terminación del contrato, por algunos de los motivos anteriores, el empleado tendrá derecho a las indemnizaciones legales correspondientes.

02

Constitutional history

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