º. Son justas causas para dar por terminado el contrato, sin previo aviso: 1º Toda injuria grave o maltratamiento inferido por una de las partes a la otra, o a sus allegados, o al personal del establecimiento o empresa; 2º Todo daño material grave causado a la otra parte o cualquier acto que manifieste exteriormente el propósito de causarlo; 3º Toda culpa grave que, con ocasión del trabajo, comprometa la seguridad de las personas o de las cosas.
Si fuere el patrono el que hubiere dado ocasión para la terminación del contrato, por algunos de los motivos anteriores, el empleado tendrá derecho a las indemnizaciones legales correspondientes.