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Article 9

º El Reconocimiento Deportivo Que Otorguen Los Directores Del Instituto Colombiano De La Juventud Y El Deporte (Coldeportes) Y Las Juntas Administradoras Seccionales De Deportes Será Válido Por El Término De Dos Años Que Se Comenzarán A Contar A Partir Del Día De La Notificación Del Reconocimiento Y Podrá Ser Suspendido O Revocado Definitivamente Cuando Se Compruebe Que El Organismo Deportivo Reconocido No Cumple Sus Fines, O Las Disposiciones Legales, Estatutarias O Reglamentarias

Decreto 515 de 1986 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2845 de 1984 y se dictan disposiciones sobre el deporte, la educación física y la recreación.

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01

Text of the article

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º El reconocimiento deportivo que otorguen los directores del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte (Coldeportes) y las juntas administradoras seccionales de deportes será válido por el término de dos años que se comenzarán a contar a partir del día de la notificación del reconocimiento y podrá ser suspendido o revocado definitivamente cuando se compruebe que el organismo deportivo reconocido no cumple sus fines, o las disposiciones legales, estatutarias o reglamentarias. La providencia mediante la cual se suspende o revoca definitivamente el reconocimiento deportivo deberá motivarse, y contra ella procede el recurso de reposición.

02

Constitutional history

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