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Article 187

Epoca De Vacaciones

Decreto 2663 de 1950 · Sobre Código Sustantivo del Trabajo

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1 ruling reviewed it
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La época de vacaciones debe ser señalada por el {empleador} a más tardar dentro del año subsiguiente, y ellas deben ser concedidas oficiosamente o a petición del trabajador, sin perjudicar el servicio y la efectividad del descanso. (Numeral

1) declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-710-96 ) El {empleador} tiene que dar a conocer con quince (15) días de anticipación, la fecha en que le concederá las vacaciones. (Numeral

2) declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-710-96 ) Todo {empleador} debe llevar un registro especial de vacaciones en que el anotará la fecha en que ha ingresado al establecimiento cada trabajador, la fecha en que toma sus vacaciones anuales y en que las termina y la remuneración recibida por las mismas. (Numeral 3 adicionado por el Art. 5 del Decreto 13 de 1967)

02

Constitutional history

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  1. 1996
    C-710/96Constitutional review · «Numeral 1,2»UPHELD
1 ruling · source: the operative part of each ruling
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