JurídicoESEN

Article 2.2.4.2.3.9

Obligaciones Del Responsable De La Afiliación Y Pago

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Obligaciones del responsable de la afiliación y pago. La entidad territorial certificada en educación, la institución de educación, la escuela normal superior o la empresa o institución pública o privada que afilia y paga los aportes al Sistema Gene­ral de Riesgos Laborales del estudiante, tendrán las siguientes obligaciones:

1.

Realizar los trámites administrativos de afiliación de los estudiantes al Sistema Ge­neral de Riesgos Laborales.

2.

Paga los aportes al Sistema a través de la PILA.

3.

Reportar las novedades que se presenten, a la Administradora de Riesgos Laborales respectiva.

Reportar los accidentes y las enfermedades ocurridas con ocasión de la práctica o actividad, a la Administradora de Riesgos Laborales y a la Entidad Promotora de Salud respectiva del estudiante.

(Decreto número 55 de 2015, artículo 9°)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1072 de 2015