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Article 57

Los Peones O Jornaleros Colombianos No Reservistas De 1 Clase Que Se Enganchen Para Trabajar En Las Empresas Que No Tengan Su Residencia En El País, Deben Definir Su Situación Militar Antes De Salir Del País

Decreto 2200 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 1945, sobre servicio militar obligatorio

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Los peones o jornaleros colombianos no reservistas de 1 clase que se enganchen para trabajar en las empresas que no tengan su residencia en el país, deben definir su situación militar antes de salir del país.

Parágrafo

En cuanto a los peones o jornaleros colombianos no reservistas de 1 clase que se encuentren en el exterior y a quienes se le concedió plazo para efectuar el pago ante el respectivo Cónsul, se les respetará ese derecho, pero sin perjuicio de considerarlos como infractores cuando no den cumplimiento a sus obligaciones.

02

Constitutional history

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