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Article 14

Los Datos Y Referencias Que Deben Contener Los Talonarios, Certificados De Depósito Y Bonos Dé Prenda, Expresarán Las Indicaciones Necesarias Para Conocer El Nombre, Profesión Y Domicilio De! Depositante, La Naturaleza Y Estado De La Mercancía, Su Cantidad, Peso O Volumen, Valor Y Calidad Aproximados Y Las Marcas Y Números De Los Bultos O De Los Envases Que Los Contengan

Decreto 621 de 1925 · Por el cual se reglamenta la Ley 20 de 1921, sobre Almacenes Generales de Depósito

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01

Text of the article

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° Los datos y referencias que deben contener los talonarios, certificados de depósito y bonos dé prenda, expresarán las indicaciones necesarias para conocer el nombre, profesión y domicilio de! depositante, la naturaleza y estado de la mercancía, su cantidad, peso o volumen, valor y calidad aproximados y las marcas y números de los bultos o de los envases que los contengan. Expresarán, además, tales documentos, el domicilio y lugar del funcionamiento del Almacén General, de modo claro e inequívoco.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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