º Fondos para pago de cuotas partes y bonos pensionales de las empresas del sector público que tiene a su cargo exclusivo las pensiones de sus trabajadores. Para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los bonos pensionales y de las cuotas partes correspondientes, las empresas, el sector público que tenían a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones, deberán otorgar las mismas garantías establecidas para los demás bonos pensionales, de conformidad con los artículos, 19, 20 y 21 del Decreto 1299 de 1994.
Decreto 1314 de 1994 →In force
Article 6
º Fondos Para Pago De Cuotas Partes Y Bonos Pensionales De Las Empresas Del Sector Público Que Tiene A Su Cargo Exclusivo Las Pensiones De Sus Trabajadores
Decreto 1314 de 1994 · por el cual se dictan las normas para la emisión y redención de los bonos pensionales por traslado de servidores públicos al régimen de prima media con prestación definida
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.