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Article 1

Los Dispositivos Médicos Y Equipos ‘biomédicos De Tecnología Controlada Que Se Fabriquen En El Territorio Nacional O Que Se Importen, Deberán Contar Con Sus Correspondientes Registros Sanitarios O Permisos De Comercialización De Acuerdo Con Lo Establecido En El Decreto 4725 De 2005, Para Lo Cual Tendrán Plazo Hasta El 31 De Diciembre De 2008

Decreto 4957 de 2007 · por el cual se establece un plazo para la obtención del registro sanitario o permiso de comercialización de algunos dispositivos médicos para uso humano y se dictan otras disposiciones.

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Text of the article

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°. Los dispositivos médicos y equipos ‘biomédicos de tecnología controlada que se fabriquen en el territorio nacional o que se importen, deberán contar con sus correspondientes registros sanitarios o permisos de comercialización de acuerdo con lo establecido en el Decreto 4725 de 2005, para lo cual tendrán plazo hasta el 31 de diciembre de 2008. Los equipos biomédicos de tecnología controlada que se fabriquen o importen durante este plazo y que no hayan obtenido su autorización de importación, deberán seguir solicitándola según las disposiciones vigentes. Los laboratorios y establecimientos fabricantes e importadores de dispositivos médicos y equipos biomédicos de tecnología controlada que se encuentren actualmente amparados bajo registro sanitario, dispondrán del plazo señalado en el presente artículo, para adecuar las etiquetas y empaques, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 4725 de 2005 y las demás normas que se expidan sobre el particular.

Parágrafo

El plazo de que trata el presente artículo no aplica para los dispositivos médicos contemplados en la “Guía de Inspección para Apertura y Funcionamiento de los Centros de Estética y similares”, adoptada por el Ministerio de la Protección Social, ni para los dispositivos médicos señalados en el Decreto 4562 de 2006.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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