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Article 10

Decreto 1762 de 1990 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 10 de 1990, en cuanto a la organización de los servicios de salud que se prestarán en los municipios del país.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

En el ámbito comunal se prestarán los servicios del primer nivel de atención, fundamentalmente a través de las siguientes acciones

a)

Clasificación del nivel y tipo de riesgos que afectan el estado de salud de la comunidad y que repercuten en el individuo y su familia;

b)

Identificación de prácticas que favorezcan la salud con el fin de reforzarlas y de las que sean nocivas con el fin de lograr su cambio;

c)

Educación para el uso adecuado y oportuno de los servicios del primer nivel de atención y participación de la comunidad en la gestión en salud;

d)

Vigilancia y control de los riesgos específicos que afectan el estado de salud de la comunidad y que repercuten en el individuo y su familia;

e)

Solución de problemas de salud de baja complejidad por parte de la familia y de los miembros del equipo de salud;

f)

Remisión oportuna del ámbito comunitario al organismo de salud, cuando se requiera;

g)

Referencia y contrarreferencia oportuna al nivel de atención o grado de complejidad necesario.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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