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Article 4

Obligaciones Especiales De La Administradora Del Régimen Subsidiado

Decreto 1543 de 1998 · por el cual se establecen algunas normas en relación con los procedimientos de cesión de contratos de afiliación y liquidación en el sistema general de seguridad social en salud.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Obligaciones especiales de la administradora del régimen subsidiado . Cuando una entidad administradora del régimen subsidiado deba efectuar la cesión excepcional de que trata el artículo 2° del presente decreto, deberá

1.

Dar aviso inmediato de tal hecho a la Superintendencia Nacional de Salud.

2.

Informar a los afiliados sobre el procedimiento a que está sujeta la entidad, garantizando a los usuarios que mientras se perfecciona la cesión, no se verán afectadas las condiciones relacionadas con la prestación y acceso a los servicios de salud.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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