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Article 16

Las Casas De Fundición Y Ensayes Podrán Recibir De Los Particulares Oro Y Minerales De Oro Para Ser Fundidos Y Ensayados; Las Barras De Oro Resultantes Deberán Ser Entregadas Directamente Por Las Casas Al Banco De La República O A Las Casas De Moneda De Bogotá O Medellín, Sin Que Tal Entrega Pueda Hacerse Al Propietario Del Metal; A Éste Deberán Entregar El Certificado O Boleta De Ensaye Respectiva, Para Que El Valor Dela Barra De Oro Le Sea Pagado Por El Banco De La República O Por La Casa De Moneda Que Verifique La Compra De Dicha Barra; La Entrega De Ésta Deberá Hacerse Por Las Casas De Fundición Y Ensayes A La Entidad Correspondiente, Inmediatamente Después De Que Termine El Tratamiento De Fundición Y Ensaye

Decreto 1434 de 1940 · Por el cual se reglamentan la explotación y el comercio de oro y el funcionamiento de casas de fundición y ensayes de la industria privada, y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Las casas de fundición y ensayes podrán recibir de los particulares oro y minerales de oro para ser fundidos y ensayados; las barras de oro resultantes deberán ser entregadas directamente por las casas al Banco de la República o a las Casas de Moneda de Bogotá o Medellín, sin que tal entrega pueda hacerse al propietario del metal; a éste deberán entregar el certificado o boleta de ensaye respectiva, para que el valor dela barra de oro le sea pagado por el Banco de la República o por la Casa de Moneda que verifique la compra de dicha barra; la entrega de ésta deberá hacerse por las casas de fundición y ensayes a la entidad correspondiente, inmediatamente después de que termine el tratamiento de fundición y ensaye.

Parágrafo

Para hacer la adquisición de las barras de oro resultantes de la fundición y ensaye, el Banco de la República no estará obligado a aceptar los certificados o boletas de ensaye que expidan las casas de fundición y ensayes, y podrán tomar las medidas que estime convenientes para cerciorarse de que los datos consignados en la boleta son exactos, pudiendo ordenar, inclusive, que vuelva a fundirse o a reensayarse la barra de oro por la entidad que el mismo Banco designe, siendo de cargo de la respectiva casa de fundición y ensayes los gastos que tales operaciones demanden.

02

Constitutional history

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