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Article 2

El Ejercicio Del Derecho De Libertad De Religión Y Cultos En Los Centros De Reclusión Comprende, Entre Otras Cosas: A) La Celebración De Cultos O Ceremonias Religiosas Al Interior De Los Centros Penitenciarios; B) La Comunicación De Los Internos Con Los Ministros O Representantes De Los Distintos Cultos, Iglesias O Confesiones Religiosas; C) El Establecimiento De Lugares Adecuados Para El Ejercicio Del Derecho De Libertad De Cultos Y Religiones; D) La Asistencia A Los Internos Por El Ministro De Culto, Iglesia O Confesión Religiosa A Que Pertenezca

Decreto 1519 de 1998 · por el cual se establecen medidas tendientes al libre ejercicio del derecho de libertad religiosa y de culto en los centros penitenciarios y carcelarios.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. El ejercicio del derecho de libertad de religión y cultos en los centros de reclusión comprende, entre otras cosas

a)

La celebración de cultos o ceremonias religiosas al interior de los centros penitenciarios;

b)

La comunicación de los internos con los ministros o representantes de los distintos cultos, iglesias o confesiones religiosas; c) el establecimiento de lugares adecuados para el ejercicio del derecho de libertad de cultos y religiones; d) La asistencia a los internos por el ministro de culto, iglesia o confesión religiosa a que pertenezca.

02

Constitutional history

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