14 de enero de 2009 2.22.48 RESOLUCION 1207 Por la cual se dispone la inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, del Acuerdo Ministerial Nº 390 del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca de Ecuador que aprueba el Programa de Certificación Fitosanitaria de Ornamentales de Exportación LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTAS: La Decisión 515 de la Comisión de la Comunidad Andina que aprueba el Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria, la Resolución 241 que adopta los Procedimientos Armonizados de Certificación Fitosanitaria para Exportación y Reexportación; y,
CONSIDERANDO
Que el 8 de julio de 2008, el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, mediante Oficio Nº 00768 SESA, notificó a la Secretaría General el Acuerdo Ministerial Nº 390, con fecha 1 de noviembre de 2007, para que de conformidad con el artículo 35 de la Decisión 515, se procediera al trámite correspondiente para su inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias;
Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 34, 35 y 36 de la Decisión 515, la Secretaría General, mediante comunicación SG- X/2.22.48/511/2008 del 15 de julio de 2008, dio inicio al trámite de Registro Subregional poniendo en conocimiento de los Países Miembros el referido Acuerdo Ministerial; Que, el Acuerdo Ministerial Nº 390 del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca de Ecuador aprueba el Programa de Certificación Fitosanitaria de Ornamentales de Exportación;
Que, a la fecha, la Secretaría General no ha recibido observación alguna de ningún País Miembro respecto a la inscripción del Acuerdo Ministerial Nº 390 en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, habiéndose cumplido el plazo para que los Países Miembros se pronuncien sobre dicha norma nacional; Que, en opinión de la Secretaría General, el Acuerdo Ministerial Nº 390 cumple con los objetivos establecidos en el artículo 4 incisos a) y c) así como el artículo 12 de la Decisión 515, ambos relacionados con la prevención y control de plagas que representen un riesgo para la sanidad agropecuaria de la Comunidad Andina, estableciendo procedimientos para facilitar el comercio y evitando que las medidas fitosanitarias se conviertan en restricciones encubiertas al comercio.
En particular, los procedimientos y estrategias metodológicas se dan acorde con lo establecido en la Resolución 241 y el artículo 42 de la citada Decisión; Que, la Secretaría General de la Comunidad Andina considera que es procedente la inscripción del Acuerdo Ministerial Nº 390 del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca de Ecuador en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, con la salvedad de que el modelo de Certificado Fitosanitario de Exportación debe incorporar el logotipo de la Secretaría General para cumplir con lo establecido en el artículo 43 y el Anexo II - 3 de la Decisión 515;
RESUELVE
Artículo 1.- Inscribir el Acuerdo Ministerial Nº 390 del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca de Ecuador, con fecha 1 de noviembre de 2007, en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias a que se refiere la Decisión 515. Artículo 2.- El formato de Certificado Fitosanitario de Exportación contenido en el Acuerdo Ministerial Nº 390 debe incorporar el logotipo de la Comunidad Andina para la aceptación de su validez a nivel subregional.
Artículo 3.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los catorce días del mes de enero del año dos mil nueve. FREDDY EHLERS Secretario General ----------------------- RESOLUCIONES RESOLUCION 1207 POR LA CUAL SE DISPONE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO SUBREGIONAL DE NORMAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS, DEL ACUERDO MINISTERIAL Nº 390 DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA DE ECUADOR QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN FITOSANITARIA DE ORNAMENTALES DE EXPORTACIÓN