JurídicoESEN
DECISIÓN N° 319CAN · Decisiones1992-06-19

SUSCRIPCIÓN DE UN ACUERDO MARCO ENTRE EL GRUPO ANDINO Y MÉXICO

Sexagesimoctavo Período Extraordinario de Sesiones de la Comisión 15 - 17 de junio de 1992 Quito - Ecuador DECISION 319 Suscripción de un Acuerdo Marco entre el Grupo Andino y México LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA, VISTOS: Los Artículos 1, 68, 108, 108A y 108B del Acuerdo de Cartagena y el Acta de Barahona, suscrita por los Presidentes de los Países Miembros el 5 de diciembre de 1991;

DECIDE: Artículo 1.- Suscribir un Acuerdo Marco con México con los siguientes objetivos: a) Establecer las bases para la negociación de programas de liberación comercial entre México y cada uno de los países o grupos de países del Grupo Andino; b) Definir los principios fundamentales que incorporarán las negociaciones relativas a origen, cláusulas de salvaguardia, normas sobre competencia, tratamiento en materia de tributos internos, normas técnicas, transporte y solución de controversias; y, c) Establecer las directrices básicas en materia de cooperación económica, promoción comercial y de las inversiones, compras gubernamentales, propiedad intelectual y propiedad industrial.

Artículo 2.- Se autoriza a los Países Miembros que en desarrollo a lo que se convenga en el Acuerdo Marco, celebren los acuerdos de liberación comercial a que se refiere el literal a) del Artículo 1 de la presente Decisión. Artículo 3.- Convocar a un Período Extraordinario de Sesiones de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, a efectos de examinar el Proyecto de Acuerdo Marco y acordar los términos de la negociación. Dada en la ciudad de Quito, Ecuador, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos noventa y dos.