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Gaceta 5557CAN · Gacetas Oficiales2024-09-30

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Año XLI - Número 5557 Lima, 30 de septiembre de 2024 SUMARIO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág. RESOLUCIÓN N° 2436 Inclusión de determinados materiales textiles clasificados en la subpartida NANDINA 5402.33.00 en el Anexo I de la Lista de Escaso Abasto de la Resolución 1926 de la Secretaría General RESOLUCIÓN N° 2436 Inclusión de determinados materiales textiles clasificados en la subpartida NANDINA 5402.33.00 en el Anexo I de la Lista de Escaso Abasto de la Resolución 1926 de la Secretaría General LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los artículos 101, 102 y 103 del Acuerdo de Cartagena; las Decisiones 417, 885 de la Comisión de la Comunidad Andina; la Resolución 506 de la Junta del Acuerdo de Cartagena; y, las Resoluciones 1926, 2137 y 2278 de la Secretaría General de la Comunidad Andina, y el Informe Técnico de fecha 24 de septiembre de 2024 de la Dirección General de Comercio de la Secretaría General de la Comunidad Andina;

CONSIDERANDO: I.

ANTECEDENTES [1] El 14 de agosto de 2024, la Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN) recibió el Oficio DDIE Radicado N° 2-2024-022094 de fecha 13 de agosto de 2024, mediante el cual el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia solicitó iniciar el procedimiento para incluir materiales textiles clasificados en la subpartida NANDINA 5402.33.00 en la Lista de Escaso Abasto (LEA), en el marco de lo establecido en la Resolución 19261.

Adjuntó a su solicitud 13 Fichas Técnicas de Solicitud de Inclusión de Materiales en la Lista de Escaso Abasto, contenidas en el Anexo II de la Resolución 1926, que corresponden a 15 materiales textiles.2 [2] En su comunicación, la República de Colombia señala que realiza esta solicitud en atención al pedido de la empresa PROTELA S.A, la cual “estaba siendo abastecida por ENKA de Colombia S.A., pero esta última empresa entró en una pausa estimada en 9 meses para la producción de los materiales requeridos por PROTELA”.

Añaden que, “(…) no se ha obtenido oferta de suministro por parte de otras empresas en Colombia, por lo cual agradecemos adelantar las consultas correspondientes con los demás países andinos para su inclusión en la Lista de Escaso 1 2 Folios 1-2 del Expediente DG1/NO/001/2024. Folios 4-16 del Expediente DG1/NO/001/2024. Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 30/09/2024 2 de 18 Abasto y posibilitar a la empresa PROTELA el cumplimiento de su plan de producción y exportación”. 3 [3] El 19 de agosto de 2024, mediante comunicación SG/E/DGCOM/1455/2024 de fecha 16 de agosto4, la SGCAN informó a la República de Colombia que admitió a trámite su solicitud e informó que trasladaría la misma a los demás Países Miembros. [4] En la misma fecha, mediante comunicación SG/E/DGCOM/1456/20245, la SGCAN informó a los demás Países Miembros el inicio del procedimiento sobre la solicitud de inclusión de determinados materiales textiles clasificados en la subpartida 5402.33.00 (hilados texturados de poliéster en diferentes medidas y presentaciones) en la LEA, según lo establecido en el párrafo 2 del artículo 5 de la Resolución 1926.

Adjuntó copia de la comunicación de la República de Colombia y otorgó un plazo de 30 días calendario para que los demás Países Miembros remitan información sobre proveedores con disponibilidad para brindar el material en las condiciones solicitadas, el plazo venció el 18 de septiembre de 2024. [5] El 16 de septiembre de 2024, la SGCAN recibió el Oficio N° 475-2024-MINCETUR del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo del Perú, mediante el cual dicho gobierno informa que la empresa peruana TEXFINA S.A., produce actualmente “hilados texturizados de poliéster” con distintas características.

La empresa peruana habría manifestado que se encuentra en capacidad de proveer determinados hilados de poliéster texturizados relacionados con la solicitud de la República de Colombia. La República del Perú adjuntó 11 fichas técnicas en el formato del Anexo IV de la Resolución 1926; y, señaló que “los hilados texturizados de poliéster reciclados producidos por TEXFINA S.A., cuentan con la Certificación GRS (Global Recycled Standard), que garantiza que los materiales textiles son reciclados respetando criterios medio ambientales sociales”.

Asimismo, adjuntó información del punto de contacto en la empresa.6 [6] En la misma fecha, la SGCAN recibió el Oficio N° MPCEI-DSVCO-2024-0128-O del Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca del Ecuador en la que señaló que “de acuerdo a la revisión interna en una primera instancia existen dos empresas ecuatorianas que podrían abastecer específicamente a la empresa colombiana en relación a los materiales clasificados en la SA 5402.33.00”.

La República de Ecuador adjuntó información del punto de contacto en la empresa, pero no anexó las fichas técnicas requeridas en la Resolución 1926.7 [7] El 19 y 20 de septiembre de 2024 se realizó una reunión virtual con la empresa PROTELA S.A., para aclarar algunos aspectos técnicos de los materiales textiles objeto de la solicitud del República de Colombia, donde especificaron que los materiales de su solicitud se utilizan para elaborar prendas deportivas y que atienden a marcas transnacionales. 8 [8] El 19 y 24 de septiembre de 2024, se realizó una reunión virtual con la empresa peruana TEXFINA S.A., la cual manifestó que, para dar una respuesta técnica sobre los materiales textiles que puede abastecer, se debe identificar la medida correspondiente en Decitex y Denier para los productos objeto de la solicitud realizada por el República de Colombia, en tanto los equivalentes de algunas fichas que adjuntó la empresa PROTELA S.A., no correspondían.

En la reunión complementaria, con base en la mejor información disponible que obra en el expediente, se identificaron los materiales que podría abastecer la empresa peruana, según lo indicado por el Jefe Comercial de Exportación de la empresa TEXFINA S.A.9 [9] El 25 de septiembre de 2024, la SGCAN recibió la comunicación N° 2-2024-026521, mediante la cual el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, remite nueva información relacionada con la solicitud realizada el 14 de agosto de 2024. 3 4 5 6 7 8 9 Folio 1 del Expediente DG1/NO/001/2024.

Folio 17 del Expediente DG1/NO/001/2024. Folios 18-19 del Expediente DG1/NO/001/2024. Folio 20 del Expediente DG1/NO/001/2024. Folios 45-46 del Expediente DG1/NO/001/2024. Folios 79-82 del Expediente DG1/NO/001/2024. Folios 99-101 del Expediente DG1/NO/001/2024. Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 30/09/2024 3 de 18 II.

MARCO NORMATIVO APLICABLE [10] El artículo 101 del Acuerdo de Cartagena dispone que, corresponde a la Secretaría General de la Comunidad Andina, fijar Requisitos Específicos de Origen para los productos que lo requieran, así como modificar en cualquier momento, de oficio o a petición de parte, los requisitos que hubieran sido fijados con el fin de adaptarlos al avance económico y tecnológico de la Subregión. [11] Mediante la Resolución 506 de la Junta del Acuerdo de Cartagena, se establecieron los Requisitos Específicos de Origen para el intercambio comercial entre Perú y los demás Países Miembros de la Comunidad Andina.

En los artículos 3 y 4 de la citada norma comunitaria se dispuso lo siguiente: “Artículo 3.- Los productos del sector textil y de confección cumplirán con los Requisitos Específicos de Origen indicados en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 4.- Antes del 31 de diciembre de 1997 se establecerá un procedimiento para atender eventuales situaciones de desabastecimiento de materias primas exigidas como requisito específico de origen.” [12] Posteriormente, en el año 2017, la Secretaría General de la Comunidad Andina, mediante Resolución 1926, modificó los Requisitos Específicos de Origen de la Resolución 506 de la Junta del Acuerdo de Cartagena, relacionados con determinados productos textiles; de acuerdo al texto siguiente: “Artículo 3.- Modificar el Requisito Específico de Origen del Capítulo 60 contenido en el Anexo de la Resolución 506 de la Junta del Acuerdo de Cartagena, por el siguiente texto: [13] CAPITULO 60 Tejidos de punto 60.01-60.06 Un cambio a las partidas 60.01 a 60.06 de cualquier otro capítulo, excepto de las partidas 50.04 a 50.06, 51.06 a 51.10, 52.04 a 52.07, 53.06 a 53.08, 54.01 a 54.06, 55.08 a 55.11.

Cuando se utilicen hilados no originarios, además del cambio de partida arancelaria, el valor CIF del componente importado no deberá ser superior al 50% del valor FOB del producto resultante. En el caso de Bolivia y Ecuador, el valor CIF del componente importado no deberá ser superior al 60% del valor FOB del producto resultante.” (Énfasis añadido.) Asimismo, de conformidad con el mecanismo previsto en el artículo 4 de la Resolución 506; en el artículo 4 de la Resolución 1926 se establece lo siguiente: “Artículo 4.- Para determinar si una mercancía es originaria conforme a los Requisitos Específicos de Origen establecidos en la Resolución 506, un material de la Lista de Escaso Abasto se considerará originario siempre que cumpla con lo establecido en la mencionada lista.

La Lista de Escaso Abasto podrá comprender materiales que se encuentren clasificados dentro de los Capítulos 50 al 60 y (…). Para incluir o excluir materiales de la Lista de Escaso Abasto establecida en el Anexo I, (en adelante Lista de Escaso Abasto) deberán seguirse los procedimientos establecidos en la presente Resolución.” Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL [14] 30/09/2024 4 de 18 Adicionalmente, en los artículos 5 y 6 de la Resolución 1926, se señalan los requisitos y procedimientos para que un País Miembro solicite a la Secretaría General iniciar el procedimiento para incluir o excluir materiales de la Lista de Escaso Abasto.

Sobre el particular, cabe traer a colación lo dispuesto en dichos artículos: “Artículo 5.- Un País Miembro podrá solicitar a la Secretaría General iniciar el procedimiento para incluir o excluir materiales de la Lista de Escaso Abasto. La solicitud de inclusión debe ser presentada por la Autoridad Nacional Competente adjuntando la Ficha Técnica de Solicitud de Inclusión de Materiales en la Lista de Escaso Abasto, contenida en el Anexo II de la presente Resolución, conjuntamente con cualquier documentación adicional que considere pertinente, tal como copias de los rechazos a pedidos de cotización o solicitudes de cotizaciones no atendidas por empresas establecidas en la Subregión, fotografías o muestras del material.

(…). Artículo 6.- La solicitud realizada conforme al artículo anterior, será puesta en conocimiento de los Países Miembros dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción en la Secretaría General. Los demás Países Miembros, dentro de los treinta días calendario siguientes a su recepción deberán: a) Confirmar, en caso de solicitud de inclusión en la Lista de Escaso Abasto, la disponibilidad, o no, para proveer el material en las condiciones solicitadas, mediante la remisión de la Ficha Técnica de Verificación de Abastecimiento que figura como Anexo IV de la presente Resolución. En caso que no sea posible la provisión del material en las condiciones solicitadas, deberán así señalarlo en su respuesta a la solicitud recibida, no siendo necesario acompañar ficha técnica alguna a dicha respuesta.

(…) Dentro de los diez días calendario siguientes de vencido el plazo señalado en este artículo, o después de recibidas todas las comunicaciones de los Países Miembros dentro de este plazo, lo que ocurra primero, la Secretaría General, con base en la información recibida, se pronunciará mediante Resolución para disponer incluir o excluir, no incluir o no excluir, el material solicitado, según corresponda, de la Lista de Escaso Abasto.” (Énfasis añadido) III.

PRODUCTOS OBJETO DE LA CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS [15] SOLICITUD: CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Y Los materiales que son objeto de la solicitud de inclusión en la LEA son insumos textiles: hilados texturados de Poliéster, clasificados en la subpartida NANDINA 5402.33.00 con las siguientes características10: Cuadro 1 - Materiales solicitados por Colombia para incluir en la LEA de la Resolución 1926 10 Folios 4-16 del Expediente DG1/NO/001/2024.

Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 30/09/2024 5 de 18 Material Especificaciones técnicas Usos Presentación comercial Cantidad requerida y frecuencia Tiempo de entrega 1. Poliéster texturizado reciclado 80 ó 84 Decitex / 75 Denier / 72 Filamentos / 1 Cabo Semimate 78 Decitex / 68 Filamentos / 1 Cabo Semimate Para elaboración de productos textiles Para elaboración de productos textiles Para elaboración de productos textiles Para elaboración de productos textiles Para elaboración de productos textiles Para elaboración de productos textiles Para elaboración de productos textiles Para elaboración de productos textiles Para elaboración de productos textiles Para elaboración de productos textiles Para elaboración de productos textiles Tortas 10 toneladas /año 75 días Tortas 10 toneladas /año 75 días Tortas 10 toneladas /año 75 días Tortas 45 toneladas /año 90 días Tortas 45 toneladas /año 90 días Tortas 10 toneladas /año 75 días Tortas 10 toneladas /año 75 días Tortas 6 toneladas /año 75 días Tortas 5 toneladas /año 75 días Tortas 8 toneladas /año 75 días Tortas 5 toneladas /año 75 días Para elaboración de productos textiles Para elaboración de productos textiles Tortas 8 toneladas /año 75 días Tortas 5 toneladas /año 75 días 2.

Poliéster texturizado reciclado 3. Poliéster texturizado reciclado 78 Decitex / 72 Filamentos / 1 Cabo Semimate 4. Poliéster texturizado reciclado 80 ó 84 Decitex / 75 Denier / 72 Filamentos / 2 Cabo Semimate 78 Decitex / 72 Filamentos / 2 Cabo Semimate 5. Poliéster texturizado reciclado 6. Poliéster texturizado reciclado 7. Poliéster texturizado 8.

Poliéster texturizado 9. Poliéster texturizado 10. Poliéster texturizado 11. Poliéster texturizado 12. Poliéster texturizado reciclado 13. Poliéster texturizado reciclado 55 Decitex / 50 Denier / 32 Filamentos / 1 Cabo Semimate 84 Decitex / 75 Denier / 72 Filamentos / 1 Cabo Semimate 78 Decitex / 75 Denier / 48 Filamentos / 1 Cabo Semimate 55 Decitex / 50 Denier / 32 Filamentos / 1 Cabo Semimate 167 Decitex / 150 Denier / 144 Filamentos / 1 Cabo Semimate 167 Decitex / 150 Denier / 48 Filamentos / 1 y 2 Cabos Semimate 170 Decitex / 150 Denier / 144 Filamentos / 1 Cabo Semimate 55 Decitex / 50 Denier / 36 Filamentos / 1 Cabo Semimate Folios 4-16 del Expediente DG1/NO/001/2024. [16] La República de Colombia manifestó que la empresa ENKA de Colombia S.A. tendría una pausa estimada de 9 meses para la producción de los materiales señalados por PROTELA S.A. Cabe mencionar que no adjuntaron información relacionada al respecto.

Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 30/09/2024 6 de 18 IV. COMENTARIOS DE LOS PAÍSES MIEMBROS: [17] En el marco de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución 1926, y luego de la admisión a trámite de la solicitud presentada por la República de Colombia, se recibieron comentarios de los Países Miembros, los cuales se detallan a continuación. 4.1.

Ecuador [18] La República de Ecuador señaló que dos empresas podrían abastecer específicamente a la empresa colombiana, en relación con los materiales clasificados en la subpartida NANDINA 5402.33.00. Las empresas ecuatorianas son: HILTEXPOY S.A. y ENKADOR S.A. 11.Dicho Gobierno, no remitió la Ficha Técnica de Verificación de Abastecimiento del Anexo IV de la Resolución 1926 para los materiales objeto de la solicitud de Colombia. 4.2.

Perú [19] La República del Perú informó que la empresa peruana TEXFINA S.A. produce hilados texturizados de poliéster clasificados en la NANDINA 5402.33.00, y remitió la Ficha Técnica de Verificación de Abastecimiento del Anexo IV de la Resolución 1926. Cuadro 2 - TEXFINA S.A.: Oferta de los materiales de la solicitud Especificaciones técnicas Prod.

Total. Hilado de Poliéster Texturizado Cap. Instalada mes Dda Interna Export. Reciclado GRS 3960 Ton 75 Denier / 72 Filamentos / 1 Cabo Semimate 250 Ton mensual (Folio 22) 2160 Ton 250 Ton 1550 Ton Excedente anual Reciclado GRS 3960 Ton 75 Denier / 72 Filamentos / 2 Cabo Semimate 250 Ton mensual (Folio 26) 2160 Ton 250 Ton 1550 Ton Excedente anual Reciclado GRS 3960 Ton 50 Denier / 32 Filamentos / 1 Cabo Semimate 250 Ton mensual (Folio 28) 2160 Ton 250 Ton 1550 Ton Excedente anual 3960 Ton 50 Denier / 32 Filamentos / 1 Cabo Semimate 250 Ton mensual (Folio 34) 2160 Ton 250 Ton 1550 Ton Excedente anual 3960 Ton 150 Denier / 144 Filamentos / 1 Cabo Semimate 250 Ton mensual (Folio 36) 2160 Ton 250 Ton 1550 Ton Excedente anual 150 Denier / 48 Filamentos / 1 y 2 Cabos Semimate 3960 Ton (Folio 38) 250 Ton mensual 2160 Ton 250 Ton 1550 Ton Excedente anual 11 Folio 45 del Expediente DG1/NO/001/2024.

Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL Especificaciones técnicas Hilado de Poliéster Texturizado Reciclado GRS 150 Denier / 144 Filamentos / 1 Cabo Semimate (Folio 40) Reciclado GRS 50 Denier / 36 Filamentos / 1 Cabo Semimate (Folio 42) 30/09/2024 7 de 18 Prod.

Total. Cap. Instalada mes Dda Interna Export. 3960 Ton 250 Ton mensual 2160 Ton 250 Ton 1550 Ton Excedente anual 3960 Ton 250 Ton mensual 2160 Ton 250 Ton 1550 Ton Excedente anual 4.3. Bolivia [20] La República de Bolivia no remitió información de empresas productoras de estos productos. V. ANÁLISIS DE LA SECRETARÍA GENERAL [21] De manera previa, es preciso señalar que el análisis de la Secretaría General ha tomado como base la información proporcionada por los Países Miembros, respecto de empresas que registran producción de los materiales involucrados12. 5.1.

Respecto del comercio comunitario de las subpartidas objeto de la solicitud de la República de Colombia: [22] Con base en la información del Sistema de Información de Comercio Exterior de la Secretaría General (SICEXT)13. En el análisis del comercio de los países andinos entre los años 2019 y 2023 se encontró que, para los productos clasificados en la subpartida NANDINA 5402.33.00, las exportaciones de la Comunidad Andina al mundo alcanzan USD 24.1 millones, el 79% de este valor exportado se dirige a terceros países14.

En estas exportaciones destacan aquellas que realiza Colombia, que concentra el 72% del total. [23] En cuanto a las importaciones de la Comunidad Andina, en el mismo periodo, éstas alcanzaron USD 778.7 millones y provienen principalmente de terceros países, China (USD 600 millones), India (USD 113 millones) y Estados Unidos (USD 15 millones). [24] El país andino que más importa productos de la NANDINA 5402.33.00 es Colombia (USD 417 millones), que representa el 53% de las importaciones que realizó la Comunidad Andina para estas subpartidas NANDINA en los últimos 5 años.

Perú importó USD 297 millones y Ecuador USD 65 millones, 38% y 8% del total importado desde terceros países. 5.2. Respecto al abastecimiento de los productos requeridos por República de Colombia: [25] De manera previa es preciso señalar que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 6 de la Resolución 1926, la Secretaría General requirió a las Repúblicas de Bolivia, Ecuador y Perú 12 13 14 La Secretaría General, con el fin de cumplir con el desarrollo de sus funciones y lo dispuesto en el artículo 39 del Acuerdo de Cartagena, requirió la colaboración de las empresas involucradas para aclarar cierta información de las fichas proporcionadas por la República Colombia en su comunicación 2-2024-022094 de fecha 13 de agosto de 2024.

La información del SICEXT (Decisión 511) permite obtener estadísticas de comercio a nivel de subpartida NANDINA; sin embargo, dicha información no se encuentra desagregada al nivel de características particulares de los productos objeto de la solicitud de la República de Colombia, pero es útil para evaluar de manera general el suministro y aprovisionamiento en la subregión. Sistema de Información de Comercio Exterior de la SGCAN, SICEXT.

Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 30/09/2024 8 de 18 que confirmen la disponibilidad o no para proveer los materiales solicitados por la República de Colombia, en sus diferentes presentaciones, clasificados en la subpartida 5402.33.00. [26] Al respecto, como se indicó en el numeral IV de la presente Resolución, la República Perú remitió las fichas técnicas con la información de los productos que puede abastecer, considerando; y, en el caso de Ecuador no remitieron las fichas técnicas correspondientes. [27] La SGCAN con el fin de cumplir con el desarrollo de sus funciones y lo dispuesto en el artículo 39 del Acuerdo de Cartagena, requirió la colaboración de las empresas involucradas para aclarar cierta información de las fichas proporcionadas por la República Colombia en su comunicación 2-2024-022094 de fecha 13 de agosto de 2024.

En particular elementos relacionados con la equivalencia entre dimensiones (títulos) de los materiales utilizados por las empresas para elaborar productos textiles; en particular: pasar de decitex a denier, así como identificar diferencias en la materia prima utilizada (a partir de derivado de petróleo o material reciclado), así como la presentación de los productos. [28] A partir de la información proporcionada por la República de Colombia y la República del Perú, se realiza un análisis comparativo de la información relativa a los datos relacionados con los productos; como el nombre técnico, las especificaciones técnicas incluyendo certificaciones, principales usos o aplicaciones y presentación comercial; así como datos sobre capacidad instalada, producción, materiales utilizados y demanda interna. 5.2.1 Materiales de la solicitud [29] Las fichas de los materiales objeto de la solicitud incluyen a los hilados de poliéster texturizados, en diferente medida y presentación, los cuales están clasificados en la subpartida NANDINA 5402.33.00. 5.2.1.1 Usos de los materiales o insumos solicitados [30] La empresa PROTELA S.A. indicó en las fichas técnicas de los 13 materiales textiles a incluirse en la lista de escaso abasto, que se utilizarían para elaboración de productos textiles.15 [31] En el marco de la reunión informativa para aclarar el uso de los materiales en su empresa, el Jefe de Comercio Exterior de PROTELA S.A señaló que los materiales objeto de la solicitud se utilizan en la elaboración de telas, tejidos de punto, principalmente para confección de ropa deportiva.16 5.2.1.2 Características técnicas de los insumos o materiales solicitados [32] La República de Colombia ha identificado los materiales que utiliza para la elaboración de los productos textiles en una sola subpartida 5402.33.00 y diferencia los materiales según sus características técnicas (títulos) para los productos de su solicitud, los insumos utilizados como materia prima (materia prima virgen o material reciclado).

En el marco de las aclaraciones, la empresa colombiana manifestó que, entre un título y otro se puede permitir variaciones menores al tres por ciento (3%).17 [33] Respecto a los títulos de los hilados, la empresa PROTELA S.A. señaló que los materiales que necesitan para elaborar ropa deportiva están hilados texturizados de poliéster con diferentes decitex, filamentos y cabos y se clasifican en la subpartida 5402.33.00. 18 15 16 17 18 Folios 4-16 del Expediente DG1/NO/001/2024.

Folio 80 del Expediente DG1/NO/001/2024. Folio 80 del Expediente DG1/NO/001/2024. Folio 80 del Expediente DG1/NO/001/2024. Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL [34] 30/09/2024 9 de 18 Asimismo, destaca que la ropa que elaboran es principalmente para una empresa alemana.

El 90% de las ventas de PROTELA S.A. para la confección de la línea deportiva exigen insumos reciclados, debido a políticas internas de sus clientes. Los demás clientes, aquellos que no exigen utilizar materiales reciclados, se atienden a partir de insumos derivados del petróleo (materia virgen). La empresa señala que no existe diferencia sustancial en el producto final, utilizando materia prima virgen o material reciclado, y que la única diferencia se aprecia en la estructura de costos, siendo más costoso producir el hilado de poliéster texturizado a partir de material reciclado. 5.2.1.2.1 Título o número del hilo [35] En la fabricación de un hilo se toman en cuenta las propiedades de las fibras textiles, su espesor, así como su longitud.

La relación entre el peso y la longitud del hilo o filamento servirá para determinar su número o título19. Existen dos sistemas de numeración: 1) Sistema Directo, que se basa en el peso; y, 2) Sistema Indirecto, basado en medir la longitud. 20 [36] El sistema directo expresa cuánto pesa una determinada longitud de hilo, cuanto mayor es el número, más grueso es el hilo.

Las numeraciones más utilizadas en este sistema directo son el Tex y el Denier. [37] Respecto a la información proporcionada por Colombia, para los productos de su solicitud, utiliza el sistema decitex, los gramos que pesan 10.000 metros de cada cabo, seguido del número de cabos que confirman el hilo; mientras que el Denier determina el peso en gramos contenido en 9.000 metros de hilo. 5.2.1.2.2 Nombre técnico [38] La empresa colombiana señala como producto el poliéster texturizado 21.

La empresa peruana señala en la descripción de su producto que es un hilado de poliéster microfibra 22. En ambos casos los productos se clasifican en la subpartida NANDINA 5402.33.00. [39] Aun cuando en el nombre técnico existen diferencias, estos se clasifican en la subpartida NANDINA 5402.33.00 hilados texturizados de poliésteres, por lo que los productos serían similares considerando sus diferentes presentaciones. 5.2.1.2.3 Especificaciones técnicas y Materiales utilizados (composición) [40] La empresa colombiana ha señalado que los materiales deben elaborarse a partir de material reciclado y otros a partir de derivados del petróleo (materia virgen).

La empresa peruana ha señalado que puede elaborar los hilados texturizados de poliéster a partir de materia virgen y también reciclado, para estos productos cuenta con certificación Global Recycled Standard (GRS) que garantiza que los materiales textiles sean reciclados respetando criterios medio ambientales y sociales.23 [41] Las características del producto están referidos al título del hilo que, para los materiales en la solicitud de la República de Colombia, tiene diferentes títulos y se analiza con base en la información disponible proporcionada por la Repúblicas de Colombia y Perú en el marco de este procedimiento. [42] Con base en lo indicado, se presenta el análisis comparativo correspondiente: 19 Consulta de fecha 23 de septiembre de 2024, ver link: chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/ https://www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/despacho/importacion/importac/instructivos/docAnexos/DESPA-IT.01.11/Anexo02u.pdf 20 Consulta de fecha 20 de septiembre de 2024, ver link: https://es.scribd.com/document/375826842/Conversiones-de-Titulos-Textiles#download 21 Folios 4-16 del Expediente DG1/NO/001/2024. 22 Folios 22-42 del Expediente DG1/NO/001/2024. 23 Folios 20-42 del Expediente DG1/NO/001/2024.

Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 30/09/2024 10 de 18 Cuadro 4 – Comparación de requerimiento y oferta de los materiales de la solicitud Requerimiento PROTELA (Colombia) Material Especificaciones Cantidad técnicas requerida y frecuencia 24 Tiempo de entrega Oferta de TEXTIFINA S.A (Perú) Especificaciones Prod.

Total. 2023 técnicas Cap. Inst. mes material Dda Interna Export. Reciclado GRS 3960 Ton 75 Denier / 72 250 Ton mensual Filamentos / 1 2160 Ton Cabo Semimate 250 Ton (Folio 22) 1550 Ton Excedente anual 1. Poliéster texturizado reciclado (Folio 4) 84 Decitex / 75 Denier / 72 Filamentos / 1 Cabo Semimate 10 Ton /año 75 días 2. Poliéster texturizado reciclado (Folio 5) 3.

Poliéster texturizado reciclado (Folio 6) 4. Poliéster texturizado reciclado (Folio 7) 78 Decitex / 68 Filamentos / 1 Cabo Semimate 10 Ton /año 75 días No hay ficha24 78 Decitex / 72 Filamentos / 1 Cabo Semimate 10 Ton /año 75 días No hay ficha 84 Decitex / 75 Denier / 72 Filamentos / 2 Cabo Semimate 45 Ton /año 90 días 5. Poliéster texturizado reciclado (Folio 8) 78 Decitex / 72 Filamentos / 2 Cabo Semimate 45 Ton /año 90 días Reciclado GRS 75 Denier / 72 Filamentos / 2 Cabo Semimate (Folio 26) No hay ficha 3960 Ton 250 Ton mensual 2160 Ton 250 Ton 1550 Ton Excedente anual SGCAN Comentario Utilizando el equivalente de 1 decitex = 0.9 denier, la solicitud de Colombia se refiere al hilado cuya dimensión es de 84 decitex / 75.6 denier.

En tal sentido no se encuentra una ficha para el producto de a 80 decitex. La empresa peruana puede abastecer este material. Utilizando el equivalente de 1 decitex = 0.9 denier, la solicitud de Colombia se refiere al hilado cuya dimensión es de 78 decitex / 70.2. La empresa peruana no puede abastecer este material. Utilizando el equivalente de 1 decitex = 0.9 denier, la solicitud de Colombia se refiere al hilado cuya dimensión es de 78 decitex / 70.2.

La empresa peruana no puede abastecer este material. Utilizando el equivalente de 1 decitex = 0.9 denier, la solicitud de Colombia se refiere al hilado cuya dimensión es de 84 decitex / 75.6 denier. En tal sentido no se encuentra una ficha para el producto de a 80 decitex. La empresa peruana puede abastecer este material. Utilizando el equivalente de 1 decitex = 0.9 denier, la solicitud de Colombia se refiere al hilado cuya dimensión es de 78 decitex / 70.2.

La empresa peruana no puede abastecer este material. Perú no presentó fichas técnicas con medidas del hilado equivalentes a 70 Denier = 78 decitex. 1 Decitex (dtex) es equivalente a 0.9 Denier (den). Consulta de fecha 20 de septiembre de 2024 ver link: https://www.convertirunidades.info/convertidor-de-unidades.php Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL Requerimiento PROTELA (Colombia) Material Especificaciones Cantidad técnicas requerida y frecuencia 25 26 30/09/2024 Tiempo de entrega Oferta de TEXTIFINA S.A (Perú) Especificaciones Prod.

Total. 2023 técnicas Cap. Inst. mes material Dda Interna Export. Reciclado GRS 3960 Ton 50 Denier /32 250 Ton mensual Filamentos / 1 2160 Ton Cabo Semimate 250 Ton (Folio 28) 1550 Ton Excedente anual 6. Poliéster texturizado reciclado (Folio 9) 55 Decitex / 50 Denier / 32 Filamentos / 1 Cabo Semimate 10 Ton /año 75 días 7. Poliéster texturizado (Folio 10) 84 Decitex / 75 Denier / 72 Filamentos / 1 Cabo Semimate 10 Ton /año 75 días No hay ficha 8.

Poliéster texturizado (Folio 11) 78 Decitex / 75 Denier26 / 48 Filamentos / 1 Cabo Semimate 6 Ton /año 75 días No hay ficha 11 de 18 SGCAN Comentario Utilizando el equivalente de 1 decitex = 0.9 denier, la solicitud de Colombia se refiere al hilado cuya dimensión es de 55 decitex / 49.5 denier. La empresa peruana señala que este año no puede abastecer este hilado, solo puede abastecer hilados de 36 filamentos, lo que permitiría una mejor calidad al producto y no habría diferencias en el precio. 25 La empresa peruana no puede abastecer este material.

Utilizando el equivalente de 1 decitex = 0.9 denier, la solicitud de Colombia se refiere al hilado cuya dimensión es de 84 decitex / 75.6 denier. La empresa peruana puede abastecer este material. Añadió que puede abastecer este producto a partir de materia prima virgen o reciclada. La ficha de este producto no es clara en el título que se requiere.

Utilizando el equivalente de 1 decitex = 0.9 denier, la solicitud de Colombia se refiere al hilado cuya dimensión es de 78 decitex / 70.2 denier. Folio 100 del Expediente DG1/NO/001/2024. Protela S.A. presentó la equivalencia de 78 Decitex = 75 Denier. Según el factor de conversión 1 Decitex (dtex) es equivalente a 0.9 Denier (den), para 78 Decitex le corresponde 70 Denier.

Consulta de fecha 20 de septiembre de 2024 ver link: https://www.convertir-unidades.info/convertidor-de-unidades.php Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL Requerimiento PROTELA (Colombia) Material Especificaciones Cantidad técnicas requerida y frecuencia 27 30/09/2024 Tiempo de entrega 9.

Poliéster texturizado (Folio 12) 55 Decitex / 50 Denier / 32 Filamentos / 1 Cabo Semimate 5 Ton /año 75 días 10. Poliéster texturizado (Folio 13) 167 Decitex / 150 Denier / 144 Filamentos / 1 Cabo Semimate 8 Ton /año 75 días 11. Poliéster texturizado (Folio 14) 167 Decitex / 150 Denier / 48 Filamentos / 1 y 2 Cabos Semimate 5 Ton /año 75 días 12.

Poliéster texturizado reciclado (Folio 15) 170 Decitex / 150 Denier / 144 Filamentos / 1 Cabo Semimate 8 Ton /año 75 días Oferta de TEXTIFINA S.A (Perú) Especificaciones Prod. Total. 2023 técnicas Cap. Inst. mes material Dda Interna Export. Reciclado GRS 3960 Ton 50 Denier /32 250 Ton mensual Filamentos / 1 2160 Ton Cabo Semimate 250 Ton (Folio 34) 1550 Ton Excedente anual 150 Denier / 144 Filamentos / 1 Cabo Semimate (Folio 36) 150 Denier / 48 Filamentos / 1 y 2 Cabos Semimate (Folio 38) Reciclado GRS 150 Denier /144 Filamentos / 1 Cabo Semimate (Folio 40) 3960 Ton 250 Ton mensual 2160 Ton 250 Ton 1550 Ton Excedente anual 3960 Ton 250 Ton mensual 2160 Ton 250 Ton 1550 Ton Excedente anual 3960 Ton 250 Ton mensual 2160 Ton 250 Ton 1550 Ton Excedente anual 12 de 18 SGCAN Comentario Utilizando el equivalente de 1 decitex = 0.9 denier, la solicitud de Colombia se refiere al hilado cuya dimensión es de 55 decitex / 49.5 denier.

La empresa peruana señala que este año no puede abastecer este hilado, solo puede abastecer hilados de 36 filamentos, lo que permitiría una mejor calidad al producto y no habría diferencias en el precio.27 La empresa peruana no puede abastecer este material. Utilizando el equivalente de 1 decitex = 0.9 denier, la solicitud de Colombia se refiere al hilado cuya dimensión es de 167 decitex / 150.3 denier.

La empresa peruana puede abastecer este material. Utilizando el equivalente de 1 decitex = 0.9 denier, la solicitud de Colombia se refiere al hilado cuya dimensión es de 167 decitex / 150.3 denier. La empresa peruana puede abastecer este material. La ficha de este producto no es clara en el título que se requiere. Utilizando el equivalente de 1 decitex = 0.9 denier, la solicitud de Colombia se refiere al hilado cuya dimensión es de 170 decitex / 153 denier.

La empresa peruana no puede abastecer este material con 153 denier. Folio 100 del Expediente DG1/NO/001/2024. Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL Requerimiento PROTELA (Colombia) Material Especificaciones Cantidad técnicas requerida y frecuencia 13.

Poliéster texturizado reciclado (Folio 16) 55 Decitex / 50 Denier / 36 Filamentos / 1 Cabo Semimate 5 Ton /año 30/09/2024 Tiempo de entrega 75 días Oferta de TEXTIFINA S.A (Perú) Especificaciones Prod. Total. 2023 técnicas Cap. Inst. mes material Dda Interna Export. Reciclado GRS 3960 Ton 50 Denier / 36 250 Ton mensual Filamentos / 1 2160 Ton Cabo Semimate 250 Ton (Folio 42) 1550 Ton Excedente anual 13 de 18 SGCAN Comentario Utilizando el equivalente de 1 decitex = 0.9 denier, la solicitud de Colombia se refiere al hilado cuya dimensión es de 55 decitex / 49.5 denier.

La empresa peruana señala que puede abastecer este hilado de 36 filamentos, lo que permitiría una mejor calidad al producto y no habría diferencias en el precio. 28 La empresa peruana puede abastecer este material. 28 Folio 100 del Expediente DG1/NO/001/2024. Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL [43] 30/09/2024 14 de 18 En ese sentido, se observa que la empresa peruana puede abastecer determinados productos, en función de las especificaciones técnicas, principalmente por el grosor del hilo (decitex), número de hebras continuas que se incorporan en el hilado (filamento).

Por lo que, considerando la información disponible en el marco de este procedimiento, se identificó que los productos que no se podrían abastecer subregionalmente serían: Cuadro 5 - Materiales que no se pueden abastecer con oferta subregional Material 1. Poliéster texturizado reciclado (Folio 5) 2. Poliéster texturizado reciclado (Folio 6) 3.

Poliéster texturizado reciclado (Folio 8) 4. Poliéster texturizado reciclado (Folio 9) 5. Poliéster texturizado (Folio 12) 5.2.1.2.4 Especificaciones técnicas 78 Decitex / 68 Filamentos / 1 Cabo Semimate 78 Decitex / 72 Filamentos / 1 Cabo Semimate 78 Decitex / 72 Filamentos / 2 Cabo Semimate 55 Decitex / 50 Denier / 32 Filamentos / 1 Cabo Semimate 55 Decitex / 50 Denier / 32 Filamentos / 1 Cabo Semimate Usos o aplicaciones [44] Tanto el Gobierno de Colombia como el Gobierno del Perú señalaron que estos materiales se utilizan para la elaboración de productos textiles.

La empresa PROTELA S.A señaló que estos materiales los utilizan para la elaboración de tejidos de punto, principalmente para ropa deportiva. [45] En ese sentido las empresas colombiana y peruana no tendrían diferencias en la definición de los usos o aplicaciones de estos materiales, por lo que no se aprecian diferencias en este aspecto. 5.2.1.2.5 [46] Presentación comercial Ambas empresas manifestaron que la presentación de sus productos, se comercializan en tortas; característica importante para PROTELA S.A, debido a que su proceso productivo y sus equipos requieren los hilados acondicionados en tortas.

TEXFINA S.A indicó que puede suministrar dicha presentación. 5.2.1.2.6 Capacidad instalada mensual, datos de producción, demanda interna y exportación de los últimos 3 años [47] La empresa colombiana señaló que demanda una cantidad acumulada de 177 toneladas al año y un tiempo de entrega entre 75 y 90 días. La empresa peruana adjuntó información agregada sobre producción, capacidad instalada de producción mensual, demanda interna y exportaciones con una producción anual en el año 2023 de 3960 toneladas, una demanda interna de 2160 toneladas y exportaciones de 250 toneladas en el mismo periodo; en el marco de las reuniones la empresa TEXFINA S.A. señaló que puede atender los pedidos de la empresa colombiana en los volúmenes y tiempos requeridos. [48] Por lo anterior, la SGCAN encuentra que la capacidad de la empresa peruana podría atender el requerimiento de los materiales que demande la empresa colombiana. 5.2.1.2.7 [49] Proceso productivo El Gobierno de Perú remitió información sobre los diagramas de flujo de hilado de poliéster, a partir de chip virgen y de reciclado de botellas.

Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 30/09/2024 15 de 18 VI. CONCLUSIONES [50] Considerando la solicitud presentada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, en atención al pedido de la empresa PROTELA S.A., para incluir materiales textiles clasificados en la subpartida NANDINA 5402.33.00 en la Lista de Escaso Abasto (LEA) aprobada mediante Resolución 192629, y la oferta presentada por la empresa peruana TEXTIFINA S.A., en el marco del procedimiento establecido mediante la resolución antes mencionada, se puede apreciar que en la subregión se registra abastecimiento de los materiales señalados en el Cuadro 6 - Materiales que se pueden abastecer con oferta subregional.

Cuadro 6 - Materiales que se pueden abastecer con oferta subregional Requerimiento PROTELA (Colombia) Material Especificaciones técnicas [51] Cantidad requerida y frecuencia Tiempo de entrega 1. Poliéster texturizado reciclado (Folio 4) 84 Decitex / 75 Denier / 72 Filamentos / 1 Cabo Semimate 10 Ton /año 75 días 2. Poliéster texturizado reciclado (Folio 7) 84 Decitex / 75 Denier / 72 Filamentos / 2 Cabo Semimate 45 Ton /año 90 días 3.

Poliéster texturizado (Folio 13) 167 Decitex / 150 Denier / 144 Filamentos / 1 Cabo Semimate 8 Ton /año 75 días 4. Poliéster texturizado (Folio 14) 167 Decitex / 150 Denier / 48 Filamentos / 1 y 2 Cabos Semimate 5 Ton /año 75 días 5. Poliéster texturizado reciclado (Folio 16) 55 Decitex / 50 Denier / 36 Filamentos / 1 Cabo Semimate 5 Ton /año 75 días Oferta de TEXTIFINA S.A (Perú) Especificaciones Prod.

Total. 2023 técnicas Cap. Inst. mes material Dda Interna Export. Reciclado GRS 3960 Ton 75 Denier / 72 250 Ton mensual Filamentos / 1 2160 Ton Cabo Semimate 250 Ton (Folio 22) 1550 Ton Excedente anual Reciclado GRS 3960 Ton 75 Denier / 72 250 Ton mensual Filamentos / 2 2160 Ton Cabo Semimate 250 Ton (Folio 26) 1550 Ton Excedente anual 3960 Ton 150 Denier / 250 Ton mensual 144 Filamentos 2160 Ton / 1 Cabo 250 Ton Semimate 1550 Ton (Folio 36) Excedente anual 150 Denier / 48 3960 Ton Filamentos / 1 y 250 Ton mensual 2 Cabos 2160 Ton Semimate 250 Ton (Folio 38) 1550 Ton Excedente anual Reciclado GRS 3960 Ton 50 Denier / 36 250 Ton mensual Filamentos / 1 2160 Ton Cabo Semimate 250 Ton (Folio 42) 1550 Ton Excedente anual Por otra parte, existen materiales contenidos en la solicitud presentada por el MINCIT que no han podido ser evaluados, debido a que la solicitud presentada por la República de Colombia no cuenta con información consistente, respecto a los parámetros de conversión entre Decitex y Denier; por lo que no ha sido posible contar con los comentarios respectivos de los demás 29 Folios 1-2 del Expediente DG1/NO/001/2024.

Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 30/09/2024 16 de 18 Países Miembros respecto de los materiales contenidos en el Cuadro 7 – Materiales con información no consistente. Cuadro 7 - Materiales con información no consistente [52] Requerimiento PROTELA (Colombia) Material Especificaciones técnicas 1.

Poliéster texturizado reciclado (Folio 4) 2. Poliéster texturizado reciclado (Folio 7) 3. Poliéster texturizado (Folio 11) 4. Poliéster texturizado reciclado (Folio 15) 80 Decitex / 75 Denier / 72 Filamentos / 1 Cabo Semimate 80 Decitex / 75 Denier / 72 Filamentos / 2 Cabo Semimate 78 Decitex / 75 Denier / 48 Filamentos / 1 Cabo Semimate 170 Decitex / 150 Denier / 144 Filamentos / 1 Cabo Semimate Cantidad requerida y frecuencia 10 Ton /año 45 Ton /año 6 Ton /año Tiempo de entrega 75 días 8 Ton /año 75 días 90 días 75 días Finalmente, luego de la evaluación correspondiente, se ha determinado que los materiales incluidos en la solicitud de la República de Colombia que no registran abastecimiento en la subregión son los comprendidos en el Cuadro 8 – Materiales que no se pueden abastecer con oferta subregional: Cuadro 8 - Materiales que no se pueden abastecer con oferta subregional NANDINA 1. 5402.33.00 2. 5402.33.00 3. 5402.33.00 4. 5402.33.00 5. 5402.33.00 6. 5402.33.00 [53] Descripción Hilados texturizados de poliésteres reciclado Hilados texturizados de poliésteres reciclado Hilados texturizados de poliésteres reciclado Hilados texturizados de poliésteres reciclado Hilados texturizados de poliésteres Hilados texturizados de poliésteres Observación 78 Decitex / 68 Filamentos / 1 Cabo Semimate 78 Decitex / 72 Filamentos / 1 Cabo Semimate 78 Decitex / 72 Filamentos / 2 Cabo Semimate 55 Decitex / 50 Denier / 32 Filamentos / 1 Cabo Semimate 84 Decitex / 75 Denier / 72 Filamentos / 1 Cabo Semimate 55 Decitex / 50 Denier / 32 Filamentos / 1 Cabo Semimate Por lo anteriormente señalado, y conforme al Informe Técnico de fecha 24 de septiembre de 2024 de la Dirección General de Comercio de la SGCAN; corresponde incluir en la Lista de Escaso Abasto de la Resolución 1926, los materiales clasificados en las subpartidas NANDINA 5402.33.00, según las características de las fichas técnicas (decitex, denier, filamentos y cabo) incluidas en el Cuadro 8 – Materiales que no se pueden abastecer con oferta subregional, a ser utilizados para la fabricación de tejidos de punto del Capítulo 60.

RESUELVE

Artículo Único.- Modificar el Anexo I Lista de Escaso Abasto, de la Resolución 1926, a fin de incluir determinados materiales clasificados en la subpartida NANDINA 5402.33.00, requeridos para la fabricación de productos textiles, según se detalla en el Anexo de la presente Resolución. Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 30/09/2024 17 de 18 Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro. Gonzalo Gutiérrez Reinel Embajador Secretario General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 30/09/2024 18 de 18 ANEXO INCLUSIÓN DE PRODUCTOS EN EL ANEXO I LISTA DE ESCASO ABASTO DE LA RESOLUCIÓN 1926 DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA NANDINA DECISIÓN 885 DESCRIPCIÓN Hilados texturizados de poliésteres reciclado 78 Decitex / 68 Filamentos / 1 Cabo Semimate 5402.33.00 Hilados texturizados de poliésteres reciclado 78 Decitex / 72 Filamentos / 1 Cabo Semimate 5402.33.00 Hilados texturizados de poliésteres reciclado 78 Decitex / 72 Filamentos / 2 Cabo Semimate 5402.33.00 Hilados texturizados de poliésteres reciclado 55 Decitex / 50 Denier / 32 Filamentos / 1 Cabo Semimate 5402.33.00 Hilados texturizados de poliésteres 84 Decitex / 75 Denier / 72 Filamentos / 1 Cabo Semimate 5402.33.00 Hilados texturizados de poliésteres 55 Decitex / 50 Denier / 32 Filamentos / 1 Cabo Semimate 5402.33.00 OBSERVACIÓN Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú