Año XXV - Número 1683 Lima, 23 de diciembre de 2008 SUMARIO Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores Decisión 709.- Modificación de la Decisión 504 Pág. 1 Secretaría General de la Comunidad Andina Resolución 1201.- Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la primera quincena de enero de 2009, correspondientes a la Circular N° 331 del 17 de diciembre de 2008 DECISION 709 Modificación de la Decisión 504 EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, VISTOS: Los Artículos 3 y 16 del Acuerdo de Cartagena, codificado mediante Decisión 563, la Decisión 504 “Creación del Pasaporte Andino”, las Decisiones 625, 655 y 678; y la Propuesta 220, y,
CONSIDERANDO
Que, mediante la Decisión 678 el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores amplió el plazo de entrada en vigencia del “Pasaporte Andino”, creado mediante la Decisión 504, hasta el 31 de diciembre de 2008; y, Que, es necesario brindar un plazo adicional para la entrada en vigencia del Pasaporte Andino en los Países Miembros que aún no lo han hecho;
DECIDE: Artículo Único.- Postergar hasta el 31 de diciembre de 2009 el plazo establecido en el artículo 5 de la Decisión 504. Dada bajo la modalidad de Videoconferencia, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil ocho. Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 23/12/2008 2.2 RESOLUCION 1201 Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la primera quincena de enero de 2009, correspondientes a la Circular N° 331 del 17 de diciembre de 2008 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371, la Secretaría General debe comunicar quincenalmente a los Países Miembros los Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios;
VISTOS: El artículo 29 del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 371 de la Comisión sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios, la Resolución 1143 de la Secretaría General; y, RESUELVE:
CONSIDERANDO
Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Decisión 371, y para efectos de la aplicación de las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1143, o de efectuar los cálculos establecidos en Artículo 1.- Se fijan los siguientes Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios correspondientes a la primera quincena de enero de 2009: NANDINA PRODUCTO MARCADOR PRECIO DE REFERENCIA (USD/t) 0203.29.00 0207.14.00 0402.21.19 1001.10.90 1003.00.90 1005.90.11 1005.90.12 1006.30.00 1201.00.90 1507.10.00 1511.10.00 1701.11.90 1701.99.00 Carne de cerdo Trozos de pollo Leche entera Trigo Cebada Maíz amarillo Maíz blanco Arroz blanco Soya en grano Aceite crudo de soya Aceite crudo de palma Azúcar crudo Azúcar blanco 1 612 773 4 001 243 226 167 192 583 358 656 540 276 342 Artículo 2.- Los Precios de Referencia indicados en el artículo anterior, se aplicarán a las importaciones que arriben a puertos de la Comunidad Andina entre el primero y el quince de enero del año dos mil nueve.
Artículo 3.- Para la determinación de los derechos variables adicionales o las rebajas arancelarias que correspondan a los Precios de Referencia indicados en el artículo 1, se podrán utilizar las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1143 de la Secretaría General, o se efectuarán los cálculos que se esta- (Un mil seiscientos doce) (Setecientos setenta y tres) (Cuatro mil uno) (Doscientos cuarenta y tres) (Doscientos veintiséis) (Ciento sesenta y siete) (Ciento noventa y dos) (Quinientos ochenta y tres) (Trescientos cincuenta y ocho) (Seiscientos cincuenta y seis) (Quinientos cuarenta) (Doscientos setenta y seis) (Trescientos cuarenta y dos) blecen en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371.
Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil ocho. FREDDY EHLERS Secretario General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 411-1400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú