El servicio de banda ciudadana es un servicio especial de telecomunicaciones que tiene por objeto atender necesidades de carácter cultural o científico del operador y permite sólo la telecomunicación de voz a corta distancia, en la forma v condiciones establecidas en este Decreto, sin posibilidad alguna de suministrar servicios a otras personas ni comercializar el servicio.
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 1 ºEl servicio de banda ciudadana es un servicio especial de telecomunicaciones que tiene por objeto atender necesidades de carácter cultural o científico del operador y permite sólo la telecomunicación de voz a corta distancia, en la forma v condiciones establecidas en este Decreto, sin posibilidad alguna de suministrar servicios a otras personas ni comercializar el servicio.