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Artículo 21

Constituirá Quorum En La Junta La Reunión De Cuatro (4) Directores Y Las Decisiones, Resoluciones O Acuerdos Se Adoptarán Por Mayoría De Votos De Los Asistentes, Salvo Lo Que Para Casos' Especíales Disponen Los Presentes Estatutos

Decreto 315 de 1945 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Nacional de Abastecimientos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Constituirá quorum en la Junta la reunión de cuatro (4) Directores y las decisiones, resoluciones o acuerdos se adoptarán por mayoría de votos de los asistentes, salvo lo que para casos' especíales disponen los presentes Estatutos.

Parágrafo

En caso empate por dos veces, en sesiones consecutivas, se entiende negada la decisión sometida al estúdio de la Junta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 315 de 1945