Constituirá quorum en la Junta la reunión de cuatro (4) Directores y las decisiones, resoluciones o acuerdos se adoptarán por mayoría de votos de los asistentes, salvo lo que para casos' especíales disponen los presentes Estatutos.
En caso empate por dos veces, en sesiones consecutivas, se entiende negada la decisión sometida al estúdio de la Junta.